II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-26656)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueban las bases y proceso selectivo para la provisión de personal laboral, por el sistema de concurso-oposición libre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 176478

6.11 Al Tribunal, en cuanto órgano colegiado, le resultan aplicables las previsiones
contenidas en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen
jurídico del Sector Público. Se faculta expresamente la realización de sesiones a
distancia en los términos recogidos en el artículo 17.1, párrafo segundo, de la citada
norma.
6.12 El Tribunal Calificador deberá difundir los criterios de valoración que no estén
expresamente establecidos en las bases, con anterioridad a cada prueba.
7. Desarrollo del proceso selectivo
El proceso selectivo se desarrollará conforme a lo señalado en el anexo I, y constará
de dos fases. La primera fase será la de concurso de méritos y la segunda será de
oposición.
Los méritos del concurso alegados y acreditados por las personas aspirantes
deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias,
sin que pueda tenerse en cuenta ningún mérito obtenido con posterioridad.
En la fase de oposición se realizará una única prueba, de carácter práctico,
consistente en un examen tipo test de 60 preguntas relacionadas con los contenidos y
referentes legislativos indicados en el anexo I de las presentes bases.
La puntuación máxima se establece en 100 puntos y se asignará de conformidad con
los criterios establecidos en el anexo I.
La calificación final del proceso selectivo será el resultado de sumar las puntuaciones
obtenidas por las personas aspirantes en las dos fases que componen el proceso
selectivo.
En caso de empate, el desempate se resolverá a favor del aspirante con mayor
puntuación en la fase de oposición.
Si el empate persiste, se resolverá por este orden:
– Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales de la fase de concurso.
– Mayor puntuación en el apartado cursos de formación de la fase de concurso.
8.

Fase de concurso

8.1 Una vez publicado el listado definitivo de aspirantes admitidos, el Tribunal
procederá a valorar los méritos aportados por los admitidos definitivamente y publicará,
en los lugares señalados en el apartado 6.10 de las bases., la relación que contenga la
puntuación de la fase de concurso por orden decreciente de puntuación, con indicación
de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados objeto de valoración y la
puntuación total.
8.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración
definitiva de la fase de concurso.
9.

Fase de oposición

9.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan.
9.2 Se hará pública, en el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización
del ejercicio, la plantilla correctora de la prueba con respuestas alternativas.
9.3 Concluido el ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes con
indicación de la calificación obtenida en dicha prueba, por orden decreciente de
puntuación.
9.4 Una vez publicadas las puntuaciones de la fase de oposición, los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones a la puntuación
obtenida.

cve: BOE-A-2023-26656
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Núm. 311