II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-26656)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueban las bases y proceso selectivo para la provisión de personal laboral, por el sistema de concurso-oposición libre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de diciembre de 2023

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estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse
inhabilitado ni en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
La acreditación de la titulación académica oficial contenida en el apartado 3.5 podrá
realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
– Mediante una copia auténtica del título oficial legalmente expedido, o copia
auténtica de la certificación académica que acredite haber realizado y finalizado los
estudios completos y necesarios y que se efectuó el depósito para la expedición de este.
En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, las personas candidatas deberán
aportar credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia expedidos por la autoridad española competente. Este requisito no se
aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de derecho
comunitario: en este supuesto, se acreditará mediante copia auténtica en la que conste
el mencionado reconocimiento, debiendo aportarse traducción jurada oficial al castellano
realizada emitida por Traductor Jurado u Oficial.
– Aportando tanto el «Certificado de Correspondencia entre Títulos Universitarios
Oficiales (pre-Bolonia) y niveles MECES», como el «Documento de verificación de títulos
universitarios», accesible a través de la carpeta ciudadana, emitidos por el Ministerio
competente en materia de educación universitaria del Gobierno de España.
– Mediante la presentación de la autorización de consulta de títulos, que puede
obtenerse de manera online a través de los siguientes enlaces (se requiere identificación
en la Sede Electrónica por medio de un Certificado Digital reconocido por la plataforma
@firma): (ver anexo VI: «Autorización Consulta Titulaciones Universitarias»): https://
universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/consulta_titulos.
En los supuestos de discapacidad física o psíquica, esta deberá acreditarse
mediante la entrega, con la solicitud de participación en el proceso de selección, de
certificado de discapacidad igual o superior al 33 % expedido por el órgano competente
de la Administración autonómica, junto con certificado de compatibilidad con el puesto de
trabajo asociado a la plaza que pretende cubrirse.
Igualmente, con las solicitudes de participación en el proceso de selección deberán
aportarse las solicitudes de adaptación de tiempos y medios a las que los aspirantes con
discapacidad tengan derecho, para el desarrollo del proceso selectivo con plena garantía
del derecho de acceso al empleo público en condiciones de igualdad, conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el
acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con
discapacidad, así como la normativa vigente en materia de función pública de
concordante aplicación, a los efectos tanto de su estudio y resolución por el órgano de
selección, como de la adecuada disposición de los medios técnicos y humanos
necesarios al efecto con antelación a la celebración de las pruebas selectivas. Para ello,
deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s
que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal
pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. Con este
fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).
Se entenderá que no se precisan adaptaciones si no lo hacen constar expresamente
en la instancia.

cve: BOE-A-2023-26656
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 311