III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-26701)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Artium Museoa de Álava, para la organización de la exposición "Ibon Aranberri".
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023
6.3

Sec. III. Pág. 176845

Correos.

a. Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los viajes de los correos
requeridos por los prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación,
instalación y desinstalación y el posterior reempaquetado de las Obras en su sede:
desplazamiento, alojamiento y dietas y/o honorarios. Dichos costes se considerarán
gastos locales.
7. Montaje y desmontaje de la Exposición.
Cada parte contratará y pagará los gastos de montaje y desmontaje de la Exposición
en su sede, así como los correspondientes gastos asociados (construcción de muros y
mobiliario, pintura muros, instalación y desinstalación de las Obras de arte, limpieza
salas, etc.).
8. Seguro de las Obras.
a. Cada parte contratará y abonará una póliza de seguro «clavo a clavo» y «a todo
riesgo» de las Obras según los periodos de préstamo y tramos de transporte bajo su
responsabilidad, de acuerdo con el siguiente reparto:
I. El MNCARS contratará y asumirá una póliza con cobertura desde el embalaje de
las Obras en el domicilio de los prestadores hasta la revisión del estado de conservación
al reembalaje de las Obras tras la finalización de la Exposición en Madrid.
II. Artium Museoa contratará y asumirá una póliza con cobertura desde la revisión
del estado de conservación de las Obras al reembalarlas tras la finalización de la
Exposición en Madrid hasta su devolución a los domicilios de los prestadores al finalizar
su presentación en su sede.
b. Los certificados de seguro serán enviados por el MNCARS a los prestadores
antes de la salida de las Obras y por Artium Museoa previamente al transporte de las
Obras a Artium Museoa.
9.

Cuidado de las Obras y medidas de seguridad en los museos.

b. Las salas de exposición y las que se usen para almacenamiento y depósito
deberán estar equipadas con sistemas de climatización y control.
c. Ninguna obra será expuesta, bajo ninguna circunstancia, a una fuente directa de
calor o de frío, ni exhibida en enclaves o sitios cuya temperatura sea inadecuada para la
naturaleza de las Obras.
d. Se establecerá una vigilancia de 24 horas. Todas las Obras expuestas estarán
vigiladas visualmente por guardias de seguridad repartidos estratégicamente según el
esquema de montaje de la Exposición. Durante las horas de cierre de la Exposición,
además de la puesta en marcha de todos los sistemas de detección y de protección
electrónica, se vigilará en todo momento el acceso a las salas de exposición.
e. Durante el montaje y el desmontaje de la Exposición, las salas de exposición
deberán ser objeto de vigilancia permanente, y el acceso a las salas deberá limitarse a
las personas y a los equipos encargados de la operación. En ausencia del personal, las
salas permanecerán cerradas.
f. Los informes sobre todos los desplazamientos de las Obras seleccionadas
estarán al día.

cve: BOE-A-2023-26701
Verificable en https://www.boe.es

a. Las partes exhibirán las Obras prestadas con todas las garantías habituales y
exigibles en los circuitos museísticos internacionales y cumplirán con los siguientes
requisitos: