III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-26699)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación "La Caixa", para impulsar y desarrollar nuevos proyectos expositivos conjuntos y renovación de la condición de benefactor del Museo Nacional del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

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convenio que no ha existido conflicto de interés real o potencial con Fundación «la Caixa»,
derivado de cualquier relación directa o indirecta mantenida con alguno de sus miembros
(órganos de gobierno, dirección y empleados), incluidas las relaciones de parentesco u otras
afines, o con personas físicas o jurídicas vinculadas a éstos, comprometiéndose si fuera así a
ponerlo en inmediato conocimiento de Fundación «la Caixa».
3. En el supuesto de que el Museo del Prado fuese conocedor de la comisión o
riesgo de comisión de cualquier irregularidad, ilícito o incumplimiento, relacionado con
las obligaciones de cumplimiento normativo vinculadas con el presente convenio, ya sea
por parte de sus empleados o miembros de su Organización, proveedores,
colaboradores, agentes o cualquier otro socio de negocio o comercial, sean personas
físicas o jurídicas, o bien por los de la Fundación «la Caixa», deberá ponerlo en
conocimiento de la persona de contacto de Fundación «la Caixa».
4. El incumplimiento por parte del Museo del Prado de cualquier obligación legal/
normativa, sea de carácter obligatorio o asumida voluntariamente, así como de cualquier
disposición contenida en el presente apartado, podrá dar lugar a la resolución del
presente convenio por parte de la Fundación «la Caixa» o a la suspensión cautelar de
los efectos del mismo, sin derecho a compensación o indemnización de ningún tipo a
favor del Museo del Prado, sin necesidad de que se haya emitido sentencia o resolución
administrativa de carácter firme.
Novena.

Responsabilidad.

El Museo del Prado mantendrá indemne a la Fundación «la Caixa» de cualquier
responsabilidad, obligación, pérdida, coste, reclamación, daño, gasto o demora que
traiga causa de cualquier acción u omisión del Museo del Prado o de sus empleados,
subcontratistas o en general cualquier tercero que actúe en su nombre o por su cuenta,
realizados o incurridos como consecuencia de la ejecución del presente convenio o
como consecuencia del montaje, organización, presentación, o cualquier actuación que
el Museo del Prado lleve a cabo en relación con las actividades en las que colabore la
Fundación «la Caixa».
Décima.

Causas de resolución y modificación del convenio.

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todas las Partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de las Partes.
En este caso, cualquiera de las Partes podrá notificar a la Parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un plazo de diez (10) días hábiles con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el citado plazo persistiera el incumplimiento, la Parte que lo dirigió notificará
a las Partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados, conforme a lo previsto en el presente convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.
En todo caso, habrán de ser finalizadas las acciones que en su momento se hallen
en curso o esté comprometida su realización. A tal fin, en el seno de la Comisión de
Seguimiento se fijará un plazo máximo improrrogable para su finalización, de acuerdo
con el artículo 52.3 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2023-26699
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causa de resolución: