III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-26681)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con el Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística de Patrimonio Mundial y Reserva de la Biosfera de Gran Canaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de diciembre de 2023

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4. Asimismo, a la finalización del Plan se remitirá, por parte de la gerencia, una
memoria global de las actuaciones realizadas con la ayuda del Plan que incluya la
repercusión social, económica y ambiental en el territorio conforme a los retos del
Programa de Planes de Sostenibilidad en Destinos y la coordinación del Plan con otros
proyectos llevados a cabo en ese espacio geográfico, así como también la previsión de
la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de Sostenibilidad.
5. En el caso de tratarse de regiones elegibles con arreglo a los objetivos de la política
de cohesión comunitaria (2014-2020), y a fin de poder justificar las contribuciones efectuadas
ante los órganos competentes de la Comisión Europea, deberán aportarse las copias
compulsadas de las facturas originales de las actuaciones del Plan que se soliciten.
Los gastos subvencionables con cargo a fondos europeos son los establecidos en la
Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los
gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional para el periodo 2014-2020 (BOE de 30 diciembre 2016).
3.2 La cláusula quinta del convenio suscrito el 5 de diciembre de 2020 queda
redactada en los siguientes términos:
1. Las aportaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias se efectuarán en el
primer semestre de la segunda anualidad con cargo a la aplicación presupuestaria
1609 432H 7600300 207G0167 (ejercicio 2021) o concepto equivalente en años sucesivos.
2. La Comunidad Autónoma de Canarias transferirá el importe de la segunda anualidad al
Cabildo Insular de Gran Canaria, como financiación anticipada de las actuaciones, conforme
a lo establecido por el artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. El plazo de
ejecución de las actuaciones financiadas con la aportación de la Comunidad Autónoma
será de tres, dos o un año, según se realice la aportación de la Comunidad Autónoma.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la aportación de la C.A. se realizará en el plazo máximo de tres meses
siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones, mediante la presentación de
los siguientes documentos a la Viceconsejería de Turismo del Gobierno de Canarias:
a) Memoria general, en la que se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en
relación con los objetivos propuestos.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del Plan en medios de comunicación.
d) Certificado de haberse registrado en la contabilidad el ingreso de la de la
Comunidad Autónoma que se justifica, así como los de las otras partes correspondientes
a cada anualidad, en caso de que proceda, según el cuadro financiero de distribución de
anualidades.
e) Informe del Interventor de la EE.LL. ejecutante de las obligaciones reconocidas
imputadas a cada proyecto.
f) Informe del Interventor de la Administración ejecutora en el que se haga constar
que todas las facturas han sido pagadas.
g) Certificado del Secretario de la EE.LL. ejecutante sobre la realización de las
actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados correspondientes a las
mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de Seguimiento.
h) Acta de la Comisión de Seguimiento o documento de cierre de cada anualidad
suscrito por todas las partes del convenio, en el que conste la inversión inicial y la final
detallada por actuaciones.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del compromiso de facilitar toda la
información que le sea requerida por los órganos de Intervención y de control de
Cuentas de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y
control del destino de las aportaciones objeto del presente convenio.
4. Asimismo, a la finalización del Plan se remitirá, por parte de la gerencia, una
memoria global de las actuaciones realizadas con la ayuda del Plan que incluya la

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Núm. 311