III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-26585)
Resolución 420/38503/2023, de 19 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con Renfe Mercancías, S.M.E., SA, y Renfe Viajeros, S.M.E., SA, para el transporte de mercancías y personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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septiembre de 2022 (publicado en el BOE n.º 240, de 6 de octubre de 2022, y BOD
n.º 198, de 10 de octubre, del mismo año), finaliza el 31 de octubre de 2026, pudiendo
prorrogarse por un periodo máximo de otros cuatro años, según establece la cláusula
octava del citado convenio.
El objeto del convenio es establecer los requisitos para transporte de mercancías y
personal que el MINISDEF decida realizar, utilizando medios de propiedad de RENFE y
los propios del MINISDEF, en los términos que se especifican en cuatro anexos,
denominados:
1. Anexo A. Trenes de Mercancías y Trenes Mixtos.
2. Anexo B. Trenes Regulares de Contenedores.
3. Anexo C. Transporte de Personal Militar.
4. Anexo D. Formación del personal del MINISDEF (Regimiento de Pontoneros y
Especialidades de Ingenieros-RPEI n.º 12).
Segundo.
Con fecha 16 de marzo de 2023, Renfe Mercancías informa que las tarifas a aplicar
en 2023 son las que se especifican para el año 2022 en el apartado 3.5 Tarifas del anexo
A (Trenes de mercancías y trenes mixtos) del convenio MINISDEF-RENFE, proponiendo
realizar una adenda para el incremento de tarifas en 2024, debido a que el sector del
transporte ferroviario de mercancías, al igual que otros, se ha visto afectado por múltiples
causas en su normal desarrollo, que ha generado un importante incremento de los
costes productivos.
La propuesta de RENFE no implica la modificación de las cláusulas del convenio y
sus anexos (salvo lo indicado para el anexo A), permaneciendo, en consecuencia,
invariable la cláusula cuarta (Financiación), que establece el importe máximo del gasto
que se asume por el MINISDEF por los servicios objeto del presente convenio, en
diferentes anualidades (en particular, en 2024, para transportes de vehículos y material,
el importe es de 1.700.000 euros).
Con fecha 25 de mayo de 2023, Renfe Mercancías informa que la propuesta de
incremento de las tarifas será del 4,2 %, a partir del 1 de enero de 2024.
Tercero.
La posibilidad de realizar una adenda modificativa está contemplada en la cláusula
quinta (Modificación) del referido convenio, así como en el apartado 3.5 (Tarifas) del
anexo a, en el que se especifica que la actualización de precios será ratificada en la
primera Comisión Mixta de Seguimiento que se celebre en el año en curso mediante la
tramitación y suscripción de la correspondiente adenda.
El procedimiento seguido para la suscripción de una adenda al Convenio MINISDEFRENFE ha sido el establecido en la Instrucción número 170/2003, de 15 de diciembre,
del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas para la elaboración y
tramitación de los convenios de colaboración en el ámbito del Ministerio de Defensa.

cve: BOE-A-2023-26585
Verificable en https://www.boe.es

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación del
Convenio entre el Ministerio de Defensa y Renfe Mercancías S.M.E., SA y Renfe