III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2023-26568)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de El Puente del Arzobispo, por la que suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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Fundamentos de Derecho:
La situación de mera colindancia no se encuentra incluida en los supuestos previstos
en el artículo 9.a) de la Ley Hipotecaria, el cual hace referencia a la constancia mediante
nota marginal de la calificación urbanística, medioambiental y administrativa
correspondiente.
A la vista del artículo 8, apartado 5 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías
Pecuarias, la publicidad registral mediante un asiento en la finca sólo se contempla una
vez iniciado el procedimiento de deslinde y con intervención de los interesados.
En esta línea se ha pronunciado la DGRSJFP en Resoluciones de fechas 9 de
agosto y 19 de septiembre de 2019.
Una vez que se inicie el procedimiento de deslinde, se practicará en su caso, el
asiento que corresponda.
Contra la presente calificación (…)
El Puente del Arzobispo a veintidós de Agosto de dos mil veintitrés La registradora,
Marta Díaz-Canel Blanco (firma ilegible).»
III
Contra la anterior nota de calificación, doña Susana Jara Sánchez, directora general
de Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha, interpuso recurso el día 26 de
septiembre de 2023 por escrito y en base a los siguientes argumentos:
«Primero. De acuerdo a los artículos 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria se
recurre la notificación de inmatriculación de la finca registral 7745 en Aldeanueva de
Barbarroya (Toledo), llevada a cabo por el Registro de la Propiedad de Puente del
Arzobispo y recibida el 6 de marzo de 2023 en la Secretaría General de la Presidencia,
sobre:
– Finca con CRU 45008000803815, sita en el municipio de Aldeanueva de
Barbarroya (Toledo). La parcela con referencia catastral 45009A0060002920000LH,
perteneciente a la finca registral 7745, es colindante al oeste con un tramo clasificado de
la vía pecuaria denominada “(…)”.
Segundo. Con fecha de salida 27 de julio de 2023 se emite informe desde el
Servicio Forestal donde se informa que:

[se inserta imagen]
Tercero. La conclusión del informe es que la parcela con referencia
catastral 45009A0060002920000LH es colindante, al oeste, con el tramo clasificado de
vía pecuaria denominado “(…)”, con una anchura definida en el proyecto de clasificación
de 37,61 metros, cuya realidad no es coincidente con la realidad jurídica catastral.
Por tanto, esta Administración competente se opuso a la inmatriculación, mientras no
se hiciera constar en el asiento la circunstancia especial de la posible invasión de una

cve: BOE-A-2023-26568
Verificable en https://www.boe.es

– El tramo afectado se encuentra clasificado desde 1954.
– El proyecto de clasificación fue verificado en febrero de 1954 y aprobado por
Orden Ministerial del 24 de febrero de 1954, publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia de Toledo del día miércoles, 17 de marzo de 1954. En el procedimiento se
cumplió con todos los trámites reglamentarios para clasificación, incluido el trámite de
exposición pública.
– La anchura establecida en dicha clasificación es de 37,61 metros.
– En la actualidad se puede ver el trazado aproximado del eje de la vía en los
visores cartográficos telemáticos, de libre acceso, habilitados al efecto por esta
administración (…)