III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2023-26570)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Ferrol, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la consiguiente rectificación de la descripción de la finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de la georreferenciación de la finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26570

Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Ferrol, por la que se deniega la
inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la consiguiente
rectificación de la descripción de la finca, una vez tramitado el expediente del
artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones
contra la inscripción de la georreferenciación de la finca.

En el recurso interpuesto por don R. B. T. y doña M. M. L. contra la nota de
calificación del registrador de la Propiedad de Ferrol, don Eduardo Rouco Couso, por
la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la
consiguiente rectificación de la descripción de la finca, una vez tramitado el
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado
alegaciones contra la inscripción de la georreferenciación de la finca.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita el día 3 de abril de 2023, con firma ratificada ante el
registrador en la misma fecha, don R. B. T. doña M. M. L., como titulares registrales de la
finca registral número 37.622 del término municipal de Ferrol, declarando que la referencia
catastral correspondiente con la identidad de su finca es 5988812NJ5158N0001DD, con
una superficie gráfica de 1.503 metros cuadrados, y acompañando su certificación catastral
descriptiva y gráfica, solicitaban la rectificación de la superficie de la finca y la inscripción de
la georreferenciación catastral, por coincidir con la realidad física de la finca.
II

«Calificación Negativa de la instancia suscrita en Ferrol el día tres de abril de dos mil
veintitrés por don R. B. T. y esposa doña M. M. L., presentada el tres de abril del año dos
mil veintitrés bajo el asiento 1.334 del Diario 148, de acuerdo con los artículos 18 y
concordantes de la Ley Hipotecaria y los pertinentes del Reglamento Hipotecario para su
ejecución.
Se hace constar que no se practican los asientos solicitados, en base a los
siguientes Hechos y Fundamentos de Derecho:
Hechos:
Se presenta instancia suscrita Ferrol el día tres de abril de dos mil veintitrés por
don R. B. T. y esposa doña M. M. L., en el que los citados cónyuges, titulares de la finca
registral 37622, solicitan la inscripción del exceso de cabida sobre la referida finca de su
propiedad, así como la inscripción del a base gráfica, en base a la certificación catastral
descriptiva y gráfica, referencia catastral 5988812NJ5158N0001DD, que se acompaña.

cve: BOE-A-2023-26570
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Ferrol, y una vez
tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente
nota de calificación: