III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
100 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
3.9.2
–
–
–
–
–
Quien presenta una reclamación tiene derecho a:
Tener garantías de que ésta se gestiona con rapidez.
Hacerse acompañar por alguien de su confianza a lo largo de todo el proceso.
Recibir información acerca de las acciones correctoras que resultarán de ella.
Recibir un trato justo.
Anonimato y confidencialidad.
3.9.3
–
–
–
–
–
Sec. III. Pág. 173464
La persona reclamada por acoso laboral tiene derecho a:
Estar informada de la reclamación.
Hacerse acompañar por alguien de su confianza a lo largo de todo el proceso.
Recibir información acerca de la evolución de la reclamación.
Recibir un trato justo.
Confidencialidad.
3.10
Falsas reclamaciones.
En el caso de que se determinara que ha existido mala fe en la reclamación o un uso
desleal del procedimiento, se adoptarán las medidas disciplinarias correspondientes.
3.11
Supervisión y evaluación del procedimiento.
Este procedimiento es el resultado de un Acuerdo firmado por la representación de
las empresas que conforman la Unidad de Negocio de Abertis Autopistas de España y
por CCOO y UGT con motivo de la negociación de un Acuerdo de Procedimiento para la
Prevención del Acoso Laboral por sexo, razón de sexo o género y moral o psicológico.
Por este motivo, este procedimiento estará sujeto a revisión únicamente por las partes
firmantes del Acuerdo mencionado.
4.
Archivo.
Los informes relacionados con los casos de acoso laboral serán archivados por los
responsables de la Dirección de Personas y Organización durante un periodo mínimo
de cinco años.
5.
Documentación referenciada.
– DEFPOL-NOR.0391 Código Ético.
– SIGEST-FOR.1066 Solicitud activación protocolo Acoso Laboral.
ANEXO 8
Personal que pasa a prestar servicios en Abertis Autopistas de España 2022
1353
ACESA.
GR5
4069
CASTELLANA.
GR4
5907
CASTELLANA.
GR5
2149
INVICAT.
GR5
1415
INVICAT.
GR5
167
ACESA.
GR3
1897
ACESA.
GR4
3059
ACESA.
GR3
cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es
N.º pers. Empresa origen Grupo CUN
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
3.9.2
–
–
–
–
–
Quien presenta una reclamación tiene derecho a:
Tener garantías de que ésta se gestiona con rapidez.
Hacerse acompañar por alguien de su confianza a lo largo de todo el proceso.
Recibir información acerca de las acciones correctoras que resultarán de ella.
Recibir un trato justo.
Anonimato y confidencialidad.
3.9.3
–
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Sec. III. Pág. 173464
La persona reclamada por acoso laboral tiene derecho a:
Estar informada de la reclamación.
Hacerse acompañar por alguien de su confianza a lo largo de todo el proceso.
Recibir información acerca de la evolución de la reclamación.
Recibir un trato justo.
Confidencialidad.
3.10
Falsas reclamaciones.
En el caso de que se determinara que ha existido mala fe en la reclamación o un uso
desleal del procedimiento, se adoptarán las medidas disciplinarias correspondientes.
3.11
Supervisión y evaluación del procedimiento.
Este procedimiento es el resultado de un Acuerdo firmado por la representación de
las empresas que conforman la Unidad de Negocio de Abertis Autopistas de España y
por CCOO y UGT con motivo de la negociación de un Acuerdo de Procedimiento para la
Prevención del Acoso Laboral por sexo, razón de sexo o género y moral o psicológico.
Por este motivo, este procedimiento estará sujeto a revisión únicamente por las partes
firmantes del Acuerdo mencionado.
4.
Archivo.
Los informes relacionados con los casos de acoso laboral serán archivados por los
responsables de la Dirección de Personas y Organización durante un periodo mínimo
de cinco años.
5.
Documentación referenciada.
– DEFPOL-NOR.0391 Código Ético.
– SIGEST-FOR.1066 Solicitud activación protocolo Acoso Laboral.
ANEXO 8
Personal que pasa a prestar servicios en Abertis Autopistas de España 2022
1353
ACESA.
GR5
4069
CASTELLANA.
GR4
5907
CASTELLANA.
GR5
2149
INVICAT.
GR5
1415
INVICAT.
GR5
167
ACESA.
GR3
1897
ACESA.
GR4
3059
ACESA.
GR3
cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es
N.º pers. Empresa origen Grupo CUN