III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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Empresa considere oportuno impartir al/a la trabajador/a para mejorar su capacitación.
En particular, el/la trabajador/a deberá estar disponible en las acciones de nieve que la
empresa le pueda requerir, o cualquier suplencia que pueda ser necesaria cubrir en
función de las necesidades del servicio y organización del trabajo, fuera del periodo
invernal.
9.

Comisión de seguimiento.

Las partes acuerdan la creación de una comisión de seguimiento constituida de
forma paritaria, con un máximo de 2 miembros por Sección Sindical firmante y 2 por
parte de la Dirección de la Empresa, la cual se encargará de estudiar y resolver las
posibles incidencias o dudas que puedan surgir en la aplicación del presente acuerdo.
Disposición transitoria octava.
En el supuesto de necesidad de contratación en Catalunya con carácter indefinido de
personal del Grupo 2, 3, 4 y 5 en alguna de las siguientes empresas: Aucat, Abertis
Autopistas España, Agevisa, Invicat Y Acesa, durante el período comprendido entre el 1
de septiembre de 2021 a 31 de marzo de 2024, el personal afectado por el
procedimiento colectivo del ERE de fin de concesión de Agosto de 2021, tendrá un
derecho preferente de contratación ex novo, con las condiciones de trabajo que
establezca la normativa de aplicación vigente en cada momento y con las demás
condiciones de adscripción a la bolsa de empleo estipuladas en el Acuerdo Séptimo del
ERE de fecha 19 de Agosto de 2021.
Disposición transitoria novena.
Se mantiene el acuerdo de modificación del III convenio colectivo para las empresas
integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas de España (publicado en el
BOE 12 de enero de 2022, Resolución de 29 de diciembre de 2021) para las personas
trabajadoras que no tengan extinguida su relación laboral.
Disposición transitoria décima.

Fin de concesiones.

A efectos de establecer un marco de garantías y de seguridad jurídica para los
trabajadores de las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del CUN IV, y ante
futuros procesos de reversión de las concesiones de autopistas de peaje a las
administraciones públicas, las partes acuerdan constituir durante el primer trimestre
de 2026 una comisión de trabajo reducida cuya función principal será tratar las medidas
necesarias con el objeto de evitar posibles discrepancias en cuanto al ámbito de
afectación de procedimientos de subrogación o de extinción colectiva que se produzcan
con motivo de la finalización de una concesión.
Disposición final.

Disposición derogatoria final.
Las condiciones del presente IV convenio sustituyen y derogan la totalidad de
condiciones, derechos y expectativas de derecho establecidos en el III convenio
colectivo para las empresas integradas en la Unidad de Negocio de Abertis Autopistas
España, en todo su ámbito, convenio extraestatutario de eficacia limitada de la UNAE,
por lo que a partir de la entrada en vigor del presente convenio colectivo quedan
derogados en su integridad los anteriores convenios.

cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es

Firmado el convenio, se procederá en el mes de septiembre a aplicar a los
trabajadores/as los incrementos 2022, cuyo abono, si procede, se realizará en el mes de
septiembre de 2023.