III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2023-26563)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza, por la que se califica negativamente la incorporación de una referencia catastral respecto de una finca inscrita.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26563

Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza,
por la que se califica negativamente la incorporación de una referencia
catastral respecto de una finca inscrita.

En el recurso interpuesto don J. A. I. G. contra la nota de calificación del registrador
de la Propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza, don Javier Álvarez de Soto, por la que
se califica negativamente la incorporación de una referencia catastral respecto de una
finca inscrita.
Hechos
I
Mediante escritura de «rectificación de otra y herencia a favor de los herederos de
don J. I. E.», otorgada el día 2 de febrero de 2023 ante el notario de Soria, don José
Manuel Benéitez Bernabé, con el número 336 de protocolo, se formalizaban las
operaciones particionales de la herencia de don J. I. E., inventariando en su apartado 8
una finca rústica sita en los términos de Aldeonte y Barbolla, identificada
respectivamente con las fincas registrales número 3.958 y 6.633 de dichos términos
municipales.
Dicha finca resultaba inscrita con una superficie de 2 hectáreas, 33 áreas y 60
centiáreas, de los cuales 97 áreas y 60 centiáreas se encuentran en el término de
Aldeote y 1 hectárea y 36 áreas en el de Barbolla.
En dicho título se manifestaba que se corresponda con la referencia
catastral 40017A104000750000LJ, catastral que figuraba sita casi en su totalidad en el
término de Aldeote, sin modificar su descripción adaptándola a la base catastral
acompañada.
II

«Calificado el precedente documento, tras examinar los antecedentes del Registro y
los documentos complementarios aportados que constan en el asiento causado, el
Registrador que suscribe ha practicado la inscripción del mismo en el día de hoy, en
cuanto a la finca número 8, única solicitada, en los lugares que se indican en los
cajetines puestos al margen de la descripción de la finca, en los términos que resultan de
la nota simple informativa que se acompaña de conformidad con lo dispuesto en el
art. 19 bis L.H.
Al margen de la inscripción practicada se ha extendido nota de afección fiscal por
plazo de cinco años.
Se cancelan las limitaciones del artículo 235 LRYDA por caducidad.
Se ha hecho constar la manifestación del artículo 98.3 de la Ley 7/2022.
Esta finca no está coordinada con catastro.

cve: BOE-A-2023-26563
Verificable en https://www.boe.es

Presentada copia autorizada de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de
Sepúlveda-Riaza, fue objeto de la siguiente nota de calificación: