III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2023-26566)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil XXIII de Madrid a practicar el depósito de cuentas anuales de una sociedad relativas al ejercicio 2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173203

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26566

Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador mercantil XXIII de Madrid a practicar el depósito de cuentas
anuales de una sociedad relativas al ejercicio 2022.

En el recurso interpuesto por don A. O. H. P., en nombre y representación de la
sociedad «Almyrant Business Solutions, S.L.», contra la negativa del registrador
Mercantil XXIII de Madrid, don Fernando Trigo Portela, a practicar el depósito de cuentas
anuales de una sociedad relativas al ejercicio 2022.
Hechos
I
El día 13 de julio de 2023 se presentaron en el Registro Mercantil de Madrid, para su
depósito, las cuentas anuales de la sociedad «Almyrant Business Solutions, S.L.»
relativas al ejercicio 2022, causando el asiento de presentación 68.809 del Diario 41.
II
Presentada dicha documentación en el Registro Mercantil de Madrid, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Depósitos de cuentas
Fernando Trigo Portela, registrador mercantil de Madrid, previo examen y calificación
del documento precedente de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio
y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, y con cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 15.2 de dicho Reglamento, resuelve no practicar el depósito de cuentas por
haber observado el/los siguiente/s defecto/s que impiden su práctica:

No puede efectuarse el depósito por encontrarse la hoja de esta sociedad cerrada
temporalmente hasta que se depositen las cuentas del ejercicio 2021 (arts. 11 y 378
RRM y resoluciones de la DGSJFP, entre otras, de 26 de mayo de 2009, 25 de mayo
de 2011 y 3 de diciembre de 2021).
Sin perjuicio del derecho a la subsanación de los defectos anteriores y a obtener el
depósito de las cuentas, el interesado podrá: (…)
Madrid, a 13 de julio de 2023 El registrador».
III
Contra la anterior nota de calificación, don A. O. H. P., en nombre y representación
de la sociedad «Almyrant Business Solutions, S.L.», interpuso recurso, que tuvo entrada

cve: BOE-A-2023-26566
Verificable en https://www.boe.es

Almyrant Business Solutions SL
Presentación: 673.964,0/2023 Asiento: 68.809/41 Fecha: 13/07/2023
Ejercicio: 2022