III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-26626)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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profesionales que exijan la aplicación de conocimientos científicos [artículo 1.2.b)], así
como el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de
formación (artículo 83.1). Asimismo, en base al artículo 36 del Real Decreto 822/2021,
de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, la Universidad en uso
de su autonomía puede impartir enseñanzas propias, dentro de estas enseñanzas
siguiendo el artículo 37 de dicho real decreto se imparte la Formación Permanente.
Cuarto.
La adenda de prórroga y modificación del convenio entre el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones (INSS) y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el
control de la incapacidad temporal durante el periodo 2023 a 2024, se perfeccionó
mediante el consentimiento de las partes y se encuentra inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Quinto.
En el manifiestan quinto del convenio para el control de la incapacidad temporal
mencionado en el punto anterior, se expresa que es voluntad de las partes, recogiendo
experiencias derivadas de la ejecución de anteriores convenios, establecer el Plan de
Actuaciones para la modernización y mejora de la gestión de la incapacidad temporal y
la racionalización del gasto de la prestación, durante toda la vigencia del convenio. El
mencionado Plan de Actuaciones, que acompaña a dicho convenio, es fijo e invariable
durante toda la vigencia del convenio.
Sexto.
El Plan de Actuaciones para la modernización y mejora de la gestión y control de la
incapacidad temporal y para la racionalización del gasto de dicha prestación en las
Comunidades Autónomas e INGESA, establece en su apartado H.–3 como una de las
actividades a realizar, cursos on-line sobre incapacidad laboral. La correcta realización
de esta actuación supone el cumplimiento del 2,50 % de los objetivos que se proponen
para 2023 y 2024. Asimismo, se recoge en dicho apartado que con independencia de las
actividades presenciales o no, organizadas por las Comunidades Autónomas e INGESA,
el INSS pondrá a disposición de estas, actividades on-line para la formación,
investigación e innovación en valoración médica de las incapacidades laborales y en
cualquier materia que se considere relevante para el buen funcionamiento de las
prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social.
Séptimo.
Con la suscripción del presente convenio se mejora la eficiencia de la gestión pública
mediante la utilización de recursos y servicios conjuntos contribuyéndose a la realización
de una actividad de utilidad pública, cumpliéndose con la legislación de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.

La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados
del presente convenio se ajustan a lo establecido en la legislación presupuestaria.
Noveno.
El presente convenio es financieramente sostenible, teniendo la Comunidad
Autónoma de Cantabria firmante capacidad para financiar las obligaciones asumidas en
el mismo.

cve: BOE-A-2023-26626
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.