III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26599)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo de Schweppes, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Grado de parentesco

1.er grado de consanguinidad
o afinidad.
* Accidente.
* Enfermedad grave.
* Intervención quirúrgica con hospitalización.
* Intervención quirúrgica sin hospitalización y
con reposo domiciliario (se podra disfrutar uno
de los dias la vispera del hecho causante).
2.º grado de consanguinidad
o afinidad.

1.er y 2.º grado.

Tipo de parentesco

Sec. III. Pág. 173577

En localidad o
provincia

Fuera de la provincia

Cónyuge o pareja de
hecho.

Cinco días
laborables.

Hasta siete días
naturales.

Hijos.

Cinco días
laborables.

Hasta siete días
naturales.

Padres.

Cinco días
laborables.

Hasta siete días
naturales.

Suegros.

Cinco días
laborables.

Hasta cinco días
naturales.

Nueras/yernos.

Cinco días
laborables.

Hasta cuatro días
naturales.

Hermanos.

Cinco días
laborables.

Hasta cinco días
naturales.

Cuñados.

Cinco días
laborables.

Hasta cinco días
naturales.

Abuelos.

Cinco días
laborables.

Hasta cuatro días
naturales.

Nietos.

Cinco días
laborables.

Hasta cuatro días
naturales.

Demás familiares que
Cinco días
convivan con el
laborables.
empleado/a.

Siete días naturales.

Cónyuge o pareja de
hecho.
Acompañamiento a consulta médica o centro
hospitalario.

Compromiso para facilitar el cambio de
turno.

Permisos no retribuidos.

a) Todos los empleados y empleadas tendrán derecho a disfrutar, previa solicitud
por escrito y posterior justificación del hecho causante, de un permiso no retribuido por
un período de treinta días, dentro de un año natural, en caso de enfermedad grave o
muerte del cónyuge o pareja con hijos a su cargo, con reserva del mismo puesto de
trabajo.
Los Servicios Médicos de Salud Laboral del Servicio de Prevención determinarán en
cada caso si está dentro de este supuesto, participando en esta decisión los miembros
locales de los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud o
Delegado de Prevención y empresa en aquellos centros de trabajo en que no exista
Comité de Seguridad y Salud.
El trabajador/trabajadora permanecerá de alta en la Seguridad Social, con la
cotización mínima.
b) Un día por fallecimiento de tíos/tías por afinidad.

cve: BOE-A-2023-26599
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 19.

Hijos.
1.er grado de consanguinidad
Padres.
o afinidad.
Suegros.