III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26600)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del Convenio colectivo de IQVIA Information, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173677

Segundo.
Artículo 26.

Tablas salariales.

El artículo 26 del convenio se modifica quedado redactado de la siguiente manera:
«1. Los salarios base pactados en el presente convenio para el año 2023
y 2024, en cómputo anual, por grupos y categorías profesionales vigentes, serán
los establecidos en el anexo I: Tabla Salarial años 2023 y 2024, de este convenio.
La fecha de aplicación de dichas tablas será desde el 1 de abril de 2023.
2. En los casos de posible inaplicación salarial del convenio, previstos en el
apartado 3 del artículo 82 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, intervendrá el Comité Paritario regulado en el artículo 6.»
Tercero.
Artículo 44. Ayuda al transporte.
El artículo 44 del convenio se modifica en su totalidad pasando a llamarse «Ayuda al
transporte» quedando redactado de la siguiente manera:
«Se acuerda abonar una compensación de los gastos de desplazamiento. Este
pago será para todas las categorías, con independencia de las distancias que
puedan existir entre el centro de trabajo y el domicilio del trabajador/a. Dicho plus
tendrá la cuantía de 26.000 euros anuales a repartir entre los empleados que:
– No dispongan de coche de compañía.
– No dispongan de plaza de garaje asignada.
– Tengan acuerdo de teletrabajo “Office Based” o “Hibridos”.
El importe concreto de compensación a abonar a cada persona trabajadora se
determinará teniendo en cuenta el tiempo de servicios prestados entre el 1 de abril
de 2023 y el 31 de marzo de 2024, el número de personas trabajadoras de la
compañía beneficiarias de esta compensación y que continúen en plantilla de la
Compañía a fecha 30 de junio de 2023.»
Cuarto.
Publicación del anexo I: Tabla Salarial años 2023-2024.

GI - DIRECCIÓN.

GII - GESTION Y
DESARROLLO.

GIII - TECNICOS.
GIV - TECNICOS BASE.

Categoría

Salario Base 1 de abril de 2023-31 de
marzo de 2024
X14

Año

DIRECCION.

1.873,82

26.233,48

JEFE OPERACIONES.

1.394,55

19.523,65

GESTION Y
CONTROL.

1.317,87

18.450,14

CONSULTOR.

1.171,16

16.396,31

ANALISTA.

1.123,20

15.724,80

CONSULTOR TECH.

1.317,87

18.450,14

ANALISTA TECH.

1.179,87

16.518,17

OPERADOR.

1.123,20

15.724,80

cve: BOE-A-2023-26600
Verificable en https://www.boe.es

Grupo