III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26598)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Mediapost Spain, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26598

Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Mediapost Spain,
SL.

Visto el texto del IV Convenio colectivo de la empresa Mediapost Spain, SL, (código
de convenio núm. 90100632012012), que fue suscrito con fecha 29 de septiembre
de 2023, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales de UGT, CC. OO. y
ELA en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto
Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24),
y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de diciembre de 2023.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
IV CONVENIO COLECTIVO MEDIAPOST SPAIN, SL
I.

Disposiciones generales

El presente convenio colectivo, previo reconocimiento por las partes de la
legitimación necesaria y suficiente, ha sido suscrito de una parte por la Dirección de
Mediapost Spain, SL, y, de otra parte, por la representación legal de las personas
trabajadoras, constituida por el Sindicato UGT, el Sindicato CC. OO. y el Sindicato ELA,
que representan todos ellos al 100 % de la representación legal de las personas
trabajadoras de todos los centros de trabajo de la empresa; ratificando todos ellos el
acuerdo, representando el 100 % del total, por lo que el acuerdo de convenio colectivo
goza de eficacia general.
Artículo 1.

Ámbito funcional.

El presente convenio colectivo tiene como finalidad regular las relaciones de trabajo
que se produzcan entre la Empresa Mediapost Spain, SL, y las personas trabajadoras de
la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes.

cve: BOE-A-2023-26598
Verificable en https://www.boe.es

Partes que lo conciertan: