III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2023-26623)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Consorcio Casa Asia, para la colaboración en proyectos empresariales de difusión e intercambio de conocimiento en el ámbito económico y empresarial entre la región de Asia y Pacífico, y España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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cooperación entre las dos instituciones (en adelante, el convenio), que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del presente convenio es establecer los términos que regularán la
colaboración entre ICEX y Casa Asia, así como la realización de actividades y proyectos
que contribuyan a favorecer el intercambio de conocimiento y las relaciones en el ámbito
económico y empresarial entre la región de Asia y el Pacífico, y España.
Segunda.

Ámbito de colaboración.

La colaboración entre ambas Partes podrá extenderse, entre otras, a las siguientes
áreas de referencia:
a) Participación de ICEX en las Tribunas que Casa Asia organiza con Corea del
Sur, Filipinas e Indonesia. Las Tribunas son encuentros bilaterales en los que participan
representantes de los gobiernos, sociedad civil, expertos y empresas para abordar
cuestiones políticas y económicas de mutuo interés.
b) Organización conjunta de encuentros de interés para las empresas españolas
que quieran internacionalizar su actividad en los países de Asia y el Pacífico.
c) Participación de ICEX como miembro invitado en las reuniones del Alto
Patronato y del Consejo Económico de Casa Asia.
d) Fomento de las competencias y habilidades necesarias en los responsables de
la internacionalización de las empresas para el desarrollo de proyectos en países
asiáticos, a través de la organización de programas de formación en temas como la
negociación intercultural y protocolo, marketing, fiscalidad, etc.
e) Difusión de los artículos, informes y programas de ICEX que sean de interés
para el público de Casa Asia a través de sus canales de comunicación, en especial el
boletín semanal «Carta de Asia Economía».
f) Participar conjuntamente en aquellas actividades en las que se requiera de
profesionales en comercio exterior relacionados con los países del ámbito de trabajo de
Casa Asia.

– Que las actividades que se acuerden se habrán de encuadrar necesariamente en
las líneas de actuación previstas en el presente convenio; y
– Que la realización de estas actividades no suponga la asunción de ningún
compromiso económico por ninguna de las Partes.
En el caso de que no sea posible realizar las citadas actividades dando cumplimiento
a estos requisitos, será necesaria la formalización de una adenda de modificación
conforme a lo dispuesto en el presente convenio.

cve: BOE-A-2023-26623
Verificable en https://www.boe.es

La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre ICEX y Casa Asia, por ello, si bien las Partes
reconocen que lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad a la
realización de aquellas que en base a un criterio de oportunidad tengan un mayor y
mejor impacto en sus intereses comunes.
Igualmente, también debido a un principio de oportunidad, las Partes pueden
apreciar la necesidad de realizar actividades complementarias directamente relacionadas
con el objeto del presente convenio sobre las indicadas en los puntos anteriores. El
acuerdo para la realización de estas nuevas actividades se tomará conjuntamente por
las Partes en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en este convenio, y
únicamente será posible si se cumplen los siguientes requisitos: