III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-26612)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solusol PVI, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Envatios XIII -La Cereal- Fase II, de 165,55 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Valdenuño Fernández y El Casar (Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173842

Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de Descarbonización
y Transición Energética de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura de la
Comunidad de Madrid, a Ecologistas en Acción-CODA (Confederación Nacional), a la
Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Delegación Provincial de la
Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara, al Instituto Internacional de
Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), a la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, a la Oficina Española del Cambio Climático del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Viceconsejería de Cultura y Turismo, a la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Asociación Española para la Conservación y
el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a SEO Birdlife, a la Dirección General de
Seguridad, Protección Civil y Formación de la Viceconsejería de Interior y Dirección de la
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid, a la Dirección General de Salud Pública
de la Viceconsejería de Asistencia y Salud Pública Consejería de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de
Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de
Medio Ambiente de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, y a WWF/ADENA.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Guadalajara emitió informe en fecha 23 de septiembre de 2022. Complementado con
documentación posteriores actualizaciones.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
habiendo sido formulada declaración de impacto ambiental favorable, concretada
mediante Resolución de 18 de septiembre de 2023 de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(en adelante, DIA o declaración de impacto ambiental), en la que se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido
debidamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– La infraestructura de evacuación final del proyecto es la definida en la
condición 1.i).1.
– Soterramiento del trazado aéreo de la línea de evacuación a 400 kV «SET CeresSET La Cereal Promotores», según la condición 1.i). (1). Este soterramiento podrá
descartarse, mediante pronunciamiento del organismo autonómico competente en medio
ambiente durante la tramitación del proyecto de construcción, si los impactos son más
significativos que el trazado aéreo.

cve: BOE-A-2023-26612
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Núm. 310