I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Subvenciones. (BOE-A-2023-26455)
Real Decreto 1172/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Unipublic, S.A.U., para la organización de la vuelta ciclista a España femenina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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de la máxima categoría en el calendario internacional. Debido al éxito de las ediciones
anteriores, y gracias al apoyo de la Administración General del Estado mediante esta
subvención, la organización ha decidido llevar a cabo la ampliación del evento a una
prueba por etapas como un paso más para ser una carrera de referencia a nivel tanto
nacional como internacional, equiparándose al Tour de Francia femenino. Siguiendo con
el objetivo de desarrollar el ciclismo femenino profesional, se pretende dar el paso más
ambicioso desde la creación de la carrera para el año 2023 que la convierte en la carrera
más importante del mundo dentro de las grandes vueltas femeninas:
– Una nueva identidad de la carrera: la Vuelta femenina.
– Paso de 5 a 8 etapas, con un recorrido por el territorio nacional. Con ello, se pasará
de 1 etapa en 2017 a 8 etapas en 2023. Se equiparará al Tour de Francia femenino en
número de etapas.
– Creación de una estructura propia de trabajo.
– Separación de La Vuelta femenina de las fechas de La Vuelta.
Unipublic, entidad de carácter privado, con personalidad jurídica y plena capacidad de
obrar, organizadora de eventos, especialmente conocida por ser la empresa organizadora de
La Vuelta, es la única entidad autorizada para organizar La Vuelta Femenina en España en
coordinación con la Unión Ciclista Internacional (UCI) y la Federación Española de Ciclismo, y
la única que la ha organizado a nivel nacional en el año 2023.
Concurren en el presente supuesto las razones de interés público y social exigidas
para la concesión directa de la subvención que se aprueba mediante este real decreto.
Por lo expuesto, se considera que la norma se adecua a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, particularmente a
los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de interés general, basarse
en una identificación clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento más
adecuado para garantizar la consecución de sus objetivos; al de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir,
y al de eficiencia, ya que la iniciativa normativa evita cargas administrativas innecesarias
o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Asimismo, el presente real decreto respeta el principio de seguridad jurídica toda vez que
éste es, por una parte, coherente al resto del ordenamiento jurídico y, por otra parte,
contribuye a generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de
certidumbre. Por último, la norma cumple con el principio de transparencia, lo que se
refleja en la clara definición de su objetivo en la presente parte expositiva y en las
memorias evacuadas durante su tramitación.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, con el
informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2023,
DISPONGO:

1. El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una
subvención a Unipublic SAU (en adelante Unipublic) para el desarrollo de La Vuelta
Femenina, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2
y 3 del artículo 28 de dicha ley, por concurrir razones de interés público y social.
2. La concesión directa de la subvención establecida en este real decreto tiene un
carácter singular, dado que dicha subvención persigue la celebración de una carrera
femenina de la máxima categoría en el calendario internacional, con las mismas
garantías y profesionalidad que la Vuelta masculina.

cve: BOE-A-2023-26455
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Objeto.