I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2023-26453)
Real Decreto 1170/2023, de 27 de diciembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2023, y de adecuación de la planta judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023
Artículo 7.

Sec. I. Pág. 172779

Transformación de juzgados.

1. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Córdoba, en
funcionamiento, se transforma en Juzgado de Primera Instancia número 12 de Córdoba.
2. El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Lleida, en funcionamiento, se
transforma en Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida.
Artículo 8. Determinación de agrupación de partidos judiciales para el conocimiento de
asuntos en materia de violencia de género y modificación de la extensión de
jurisdicción de la agrupación de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer del partido
judicial de València.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 87 bis, apartado 2, de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, se determina la extensión de la competencia de los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Almería al partido judicial de Roquetas de Mar,
del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Cádiz a los partidos judiciales de San
Fernando y de Puerto Real, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Granada al
partido judicial de Santa Fé, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jaén al partido
judicial de Martos; de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Málaga al partido
judicial de Torremolinos; del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Marbella al partido
judicial de Estepona; de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Las Palmas de
Gran Canaria al partido judicial de Arucas, de Santa María de Guía de Gran Canaria y de
Telde y de los Juzgados de Violencia sobre la mujer de Pamplona/Iruña al partido judicial
de Aoiz para el conocimiento de los asuntos en materia de violencia sobre la mujer
procedentes de estos partidos judiciales.
2. Con la creación y constitución del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 6
de València en el artículo 5 del presente real decreto, se modifica la agrupación de la
Comunitat Valenciana determinada en el Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, de
creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2022 y
de adecuación de la planta judicial, relativa a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer
del partido judicial de València, y se extiende su jurisdicción a los partidos judiciales de
Quart de Poblet y de Mislata, para el conocimiento de los asuntos en materia de
violencia sobre la mujer procedentes de estos partidos judiciales.
3. Como consecuencia de ello, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer citados en
los apartados 1 y 2 de este artículo, asumirán la competencia y el conocimiento de los
asuntos de violencia de género de los partidos judiciales mencionados en el mismo.
Artículo 9. Creación de una plaza de Juez o Jueza de Adscripción Territorial en el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Se crea, con base en lo dispuesto en el artículo 2 bis de la Ley 38/1988, de 28 de
diciembre, una plaza de Juez o Jueza de Adscripción Territorial en el Tribunal Superior
de Justicia de Cataluña.

Las relaciones de puestos de trabajo de los Letrados de la Administración de Justicia
y de los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de
Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial y del personal al servicio de los
Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de los órganos judiciales a que se
refieren los artículos 6 y 7 del presente real decreto serán determinadas con arreglo a la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, al Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios
Judiciales, aprobado mediante el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, y al
Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aprobado mediante
Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, así como la normativa aplicable a los

cve: BOE-A-2023-26453
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 10. Relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la
Administración de Justicia.