III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26601)
Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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La norma es acorde con el principio de proporcionalidad al contener la regulación
imprescindible para lograr el objetivo de garantizar los fines perseguidos, imponiendo
solo las condiciones que establece la normativa europea y la española.
Cumple el principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el derecho de la
Unión Europea y el resto del ordenamiento jurídico, siguiendo los principios de claridad y
de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la
actuación y toma de decisiones de las empresas.
Por lo demás, la norma es coherente con los principios de eficiencia, en tanto que la
norma asegura la máxima eficacia de sus postulados para garantizar que las ayudas
llegan de una manera ágil a todos los beneficiarios. En cuanto al principio de
transparencia, esta norma establece unos criterios de evaluación de las solicitudes que
son objetivos, públicos y conocidos previamente, y garantiza una amplia participación a
sus potenciales destinatarios en su elaboración.
Esta orden se estructura por razones sistemáticas en tres capítulos. En el primer capítulo,
formado por 4 artículos se describen las disposiciones generales: objeto, encaje en el PRTR
normativa aplicable, y definiciones. El segundo capítulo, que comprende los artículos 5 al 29,
contiene las bases reguladoras y el procedimiento de gestión de las ayudas. El tercer
capítulo, que comprende los artículos 30 al 45, regula la convocatoria de ayudas para el
año 2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Además, una
disposición transitoria única, 3 disposiciones finales, y 12 anexos.
En la elaboración de esta orden se ha recabado el informe de la Abogacía de Estado
y de la Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 61.2 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto y finalidad.

Constituye el objeto de esta orden ministerial la aprobación de las bases reguladoras
del programa de ayudas de «Última Milla» para proyectos de digitalización de empresas,
asociaciones y agrupaciones de entidades cuya actividad, bien sea directa o
verticalizada, esté orientada al sector turístico en general o a cualquiera de sus
subsectores productivos, así como la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En concreto se pretende movilizar aquellos proyectos singulares y transformadores
que cubran procesos y productos fácilmente escalables y replicables con una clara
orientación al usuario final y que contengan, entre otros, mejoras en la digitalización e
inteligencia aplicados a la gestión, promoción, puesta en valor y difusión para destinos y
sector turístico.
Encaje en el plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

1. Las ayudas reguladas en esta orden de bases estarán financiadas por el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, «Plan de Recuperación») del
Gobierno de España, integrándose en la inversión 2, del componente 14 («Programa de
digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico» y en concreto en el proyecto 2,
«Plan de Transformación digital de Empresas de la cadena de valor turística a través de la
Inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras», contribuyendo al cumplimiento de los
objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de
recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional. En ese

cve: BOE-A-2023-26601
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.