III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26601)
Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
70 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173707

resolución de concesión, en cuyo caso la autorización se entenderá concedida si en
dicha resolución es declarado beneficiario.
En el caso de que no sea posible presentar el contrato con carácter previo a la
resolución de concesión, el beneficiario o el representante de la agrupación, solicitará la
autorización previa al órgano concedente, que resolverá sobre la misma en el plazo de
diez días. En el supuesto de que el órgano concedente no resuelva en ese plazo, la
solicitud se entenderá desestimada.
3. Se imputarán a este concepto los gastos de subcontratación exclusivamente
derivados del proyecto o actuación que se ajusten a lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No podrá realizarse la subcontratación con personas
o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias consignadas en el
artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las establecidas en el
artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
4. En el contrato o convenio suscrito para acordar la subcontratación, deberá
acreditarse que se recogen las garantías precisas para el tratamiento de datos de
carácter personal, debiendo incluir las cláusulas necesarias para su cumplimiento
conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
5. En caso de que la entidad beneficiaria de la ayuda subcontrate parte de la
actividad objeto de esta subvención, habrá de prever los mecanismos para asegurar que
los subcontratistas cumplan con el principio de «no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente» y las medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el
fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
6. No podrán subcontratarse empresas vinculadas o asociadas, según las
definiciones artículo 4 de la presente orden.
7. No podrán subcontratarse entre sí los socios de una misma agrupación.
Artículo 20.

Criterios de valoración para el otorgamiento de la subvención.

1. La evaluación se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el
solicitante en la fase de admisión de solicitudes.
Cada solicitud de ayuda propuesta resultará calificada de forma global de 0 a 100
puntos. Atendiendo a las puntuaciones obtenidas, ordenadas de mayor a menor, y hasta
donde alcance el crédito presupuestario disponible, podrán ser objeto de concesión de
ayuda las solicitudes cuyas propuestas superen o igualen la calificación de 50 puntos.
Esta calificación resultará de evaluar los criterios establecidos para cada una de las
líneas de actuación del artículo 6, Línea 1 y 2 en el caso de los proyectos en agrupación
y Línea 3 para el caso de los proyectos individuales, y agregar la puntuación obtenida en
cada uno de ellos.
2. Los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención sumarán 100 puntos
como máximo y se determinarán de la forma siguiente:
Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores (Línea 1).

1.º Calidad científico-técnica: se valorará la calidad técnica del proyecto analizando
si es adecuado para su propósito y resuelve las necesidades expresadas, la
metodología, analizando la descripción de las fases en las que se divide, las técnicas de
gestión utilizadas y herramientas para la difusión y comunicación de los resultados, la
adecuación de la planificación de las actividades propuestas y el grado de innovación de
la propuesta mediante avances respecto del estado del arte de otros productos/servicios,
procesos. Se valorará la alineación de la propuesta con las prioridades objeto de la
convocatoria y con los TRL definidos en la Línea 1 y el plan de trabajo previsto para el
desarrollo del proyecto incluyendo tareas, presupuesto por tareas, cronograma,
indicadores, personal y objetivos. En el caso de que los proyectos incorporen espacios
de datos, se valorará el cumplimiento de los requisitos técnicos de espacios de datos
recogidos en el anexo XII. Puntuación máxima 35. Umbral del criterio: 17,5 puntos.

cve: BOE-A-2023-26601
Verificable en https://www.boe.es

a)