I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2023-26464)
Orden ISM/1385/2023, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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Esta orden se dicta en uso de las atribuciones conferidas a la persona titular del
ahora Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en la disposición adicional
del Real Decreto 317/1985, de 6 de febrero.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que
se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.
El párrafo b) del artículo 14.1 de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la
que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social, se modifica en
los siguientes términos:
«b) No residir en territorio nacional, salvo que se trate de españoles
residentes en España que presten servicios en las Sedes Centrales del Consejo
Oleícola Internacional, en la Oficina de Educación Iberoamericana, en la Agencia
Espacial Europea, en la Organización Mundial del Turismo, en la Delegación en
España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, en el
Centro Europeo de Satélites de la Unión Europea Occidental, en el Cuartel
General Conjunto Subregional Sudoeste de la Organización del Tratado del
Atlántico Norte con sede en España o en el Centro de las Naciones Unidas de
Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia (UNICTF-V) u otro
organismo internacional que se determine.»
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-26464
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 21 de diciembre de 2023.–La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Elma Saiz Delgado.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X