V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-39031)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que declara la Utilidad Pública en concreto de línea eléctrica de evacuación aérea y subterránea de 220 KV asociada al proyecto de planta solar fotovoltaica 'La Luz I' en el T.M. de Huelva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Miércoles 27 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 63392
mismas, en el sentido de reconocer a los cuatro como copropietarios de la parcela
218 del polígono 6 del término municipal de Huelva, procediendo la desestimación
del resto de alegaciones, ya que al respecto de la falta de motivación de la
Declaración de Utilidad Pública, establece el artículo 54.1 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico invocado, la declaración de utilidad pública de
las instalaciones eléctricas de generación, transporte, distribución de energía
eléctrica y las infraestructuras eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos
eléctricos de potencia superior a 250 kW, a los efectos de expropiación forzosa de
los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y
ejercicio de la servidumbre de paso; la vivienda no está afectada por la línea, y con
respecto a los trazados alternativos propuestos, el artículo 161 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, establece una serie de requisitos que han de
cumplirse para poder llevar a cabo los cambios de trazado y requisitos que no ha
sido acreditada su concurrencia por los afectados alegantes.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados,
así como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación
Territorial,
RESUELVE
Declarar la Utilidad Pública en concreto del Proyecto de ejecución de la
instalación de energía correspondiente a la línea eléctrica de evacuación de aérea
y subterránea de 220 KV asociada al proyecto de planta solar fotovoltaica "la Luz I"
ubicada en el término municipal de Huelva, cuya titularidad corresponde a la
entidad ALTER ENERSUN, SA, con CIF A-06560627, cuyas principales
características se relacionan en el antecedente de hecho segundo de esta
Resolución, a los efectos señalados en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de los
derechos afectados por la citada instalación e implicará la urgente ocupación de
los mismos, para el establecimiento de la instalación, siendo las afecciones
derivadas de la expropiación las que constan en la relación de bienes y derechos
incluida en esta resolución (ver Anexo I).
ANEXO I
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR PROYECTO:
LÍNEA ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN DE 220 KV SET LA LUZ - SE CRISTOBAL COLON TRAMO AÉREO
PAR.
PROY.
REF.
PROVINCI
CATASTRA A
L
T.M.
PARAJE
PROPIETARI
O
POL. CAT.
PARC.
CAT.
VUELO
(m)
SERV.
PASO
(m²)
APOYOS
Nª Apoyos
PLENO
OCUP.
DOTEMP./AC
MINIO (m2) CESOS
(m²)
TALA
USO
cve: BOE-B-2023-39031
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer Recurso potestativo de Reposición ante la persona titular de la
Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de
UN MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, o bien podrá ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso- administrativo.
Núm. 309
Miércoles 27 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 63392
mismas, en el sentido de reconocer a los cuatro como copropietarios de la parcela
218 del polígono 6 del término municipal de Huelva, procediendo la desestimación
del resto de alegaciones, ya que al respecto de la falta de motivación de la
Declaración de Utilidad Pública, establece el artículo 54.1 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico invocado, la declaración de utilidad pública de
las instalaciones eléctricas de generación, transporte, distribución de energía
eléctrica y las infraestructuras eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos
eléctricos de potencia superior a 250 kW, a los efectos de expropiación forzosa de
los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y
ejercicio de la servidumbre de paso; la vivienda no está afectada por la línea, y con
respecto a los trazados alternativos propuestos, el artículo 161 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, establece una serie de requisitos que han de
cumplirse para poder llevar a cabo los cambios de trazado y requisitos que no ha
sido acreditada su concurrencia por los afectados alegantes.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados,
así como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación
Territorial,
RESUELVE
Declarar la Utilidad Pública en concreto del Proyecto de ejecución de la
instalación de energía correspondiente a la línea eléctrica de evacuación de aérea
y subterránea de 220 KV asociada al proyecto de planta solar fotovoltaica "la Luz I"
ubicada en el término municipal de Huelva, cuya titularidad corresponde a la
entidad ALTER ENERSUN, SA, con CIF A-06560627, cuyas principales
características se relacionan en el antecedente de hecho segundo de esta
Resolución, a los efectos señalados en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de los
derechos afectados por la citada instalación e implicará la urgente ocupación de
los mismos, para el establecimiento de la instalación, siendo las afecciones
derivadas de la expropiación las que constan en la relación de bienes y derechos
incluida en esta resolución (ver Anexo I).
ANEXO I
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR PROYECTO:
LÍNEA ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN DE 220 KV SET LA LUZ - SE CRISTOBAL COLON TRAMO AÉREO
PAR.
PROY.
REF.
PROVINCI
CATASTRA A
L
T.M.
PARAJE
PROPIETARI
O
POL. CAT.
PARC.
CAT.
VUELO
(m)
SERV.
PASO
(m²)
APOYOS
Nª Apoyos
PLENO
OCUP.
DOTEMP./AC
MINIO (m2) CESOS
(m²)
TALA
USO
cve: BOE-B-2023-39031
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer Recurso potestativo de Reposición ante la persona titular de la
Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de
UN MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, o bien podrá ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso- administrativo.