III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2023-26413)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 17, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26413

Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Valencia n.º 17, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

En el recurso interpuesto por don Javier Pablo Monforte Albalat, notario de Paiporta,
contra la calificación de la registradora de la Propiedad de Valencia número 17, doña
María Elena Moreno Romero, por la que se suspende la inscripción de una escritura de
aceptación y adjudicación de herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 30 de mayo de 2023 por el notario de Paiporta,
don Javier Pablo Monforte Albalat, se otorgaron las operaciones da aceptación y
adjudicación de la herencia causada por el fallecimiento de los cónyuges don J. V. C. V.
y doña P. T. R. Interesa a los efectos de este expediente que una de las herederas
–doña M. S. C.–, lo era en una de las herencias por derecho de transmisión y en la otra
por sustitución vulgar; nacida el día 8 de agosto de 2006, había sido emancipada por
concesión de su padre, don A. S. C., mediante escritura otorgada el día 30 de mayo
de 2023 ante el mismo notario de Paiporta, don Javier Pablo Monforte Albalat; se hacía
constar que en esa escritura de emancipación, el padre de la emancipada prestaba su
consentimiento expreso «para que pueda por sí sola tomar dinero a préstamo y gravar y
enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de
cualquier valor». En la escritura, la citada doña M. S. C. aceptaba pura y simplemente la
herencia de sus abuelos en un caso por derecho de transmisión y en el otro por
sustitución.
II
Presentada la referida escritura en el Registro de la Propiedad de Valencia
número 17, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Calificado el documento al que se hace referencia en el encabezado de la presente,
que fue presentado por C. B., M., a las 12:44:12 horas, del 30/05/2023, motivando
el asiento 725, del Diario 34, la Registradora que suscribe, ha resuelto no practicar el
asiento solicitado en base a los siguientes:
Hechos:
Se presenta escritura de aceptación y adjudicación de herencia en la que comparece
doña M. S. C., nacida el ocho de agosto de dos mil seis, soltera, emancipada, por

cve: BOE-A-2023-26413
Verificable en https://www.boe.es

«Título: herencia.
Notario: Javier Pablo Monforte Albalat.
Notaria: Paiporta.
Protocolo: 592/2023.
Fecha: 30/05/2023.