II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social. (BOE-A-2023-26359)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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publicación de esta resolución; asignándose por cada año completo de servicios
efectivos una puntuación de 0,40 puntos, hasta un máximo de doce.
Grado personal consolidado: Se otorgará la siguiente puntuación según el grado
personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento
de grado por la autoridad competente, el día de publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Hasta el grado 14: 2 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de cuatro
puntos.
Cursos de formación: los cursos de formación anotados en el Registro Central de
Personal o sistema análogo, de duración igual o superior a quince horas lectivas que
estén relacionados con las funciones propias del Cuerpo de Subinspectores Laborales
pertenecientes a la escala de Empleo y Seguridad Social, se valorarán en función del
grado de conexión con dichas funciones de 0,25 a 0,50. No serán objeto de valoración
aquellos cursos de formación respecto de los que se estime su obsolescencia, en
función de la naturaleza y contenido de la materia.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de cuatro
puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V
a esta resolución.
La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública
una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los
aspirantes que superen la misma.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
C)

Curso selectivo de formación:

El curso selectivo de formación se realizará y calificará en las mismas condiciones
que se prevén en este anexo I para el ingreso por el sistema de acceso libre.

ANEXO II
Programa
Primera parte
Organización del Estado, de la Administración pública y de la Unión Europea
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido; derechos y
deberes fundamentales; principios rectores de la política social y económica; garantías

cve: BOE-A-2023-26359
Verificable en https://www.boe.es

2.2 La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, en la fase de oposición y en el curso
selectivo de formación.
En caso de empate, se aplicará como primer criterio de desempate, la antigüedad
global (servicios prestados y reconocidos).
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos
internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo
internacional correspondiente.
Periodo de prácticas: los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo
realizarán un periodo de prácticas obligatorio de dos meses en sus comunidades
autónomas y provincias de residencia, que deberán superar con aprovechamiento.