III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-26422)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Instituto Galego de Promoción Económica, la Axencia Galega de Innovación, Xesgalicia Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU y Vigo Activo Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E., para el desarrollo de las séptima y octava ediciones del Programa ViaGalicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 172403

respecta a las cuantías y fechas del régimen de pagos al Consorcio, quedando la
redacción sustituida por la siguiente:
«Atendiendo al desarrollo de las diferentes fases del Programa ViaGalicia,
dicho importe se abonará de forma fraccionada, por anualidades, y en cinco
pagos, tal como se indica a continuación:
1. Anualidad 2022: podrán ser abonados el 80 % de los gastos en los que se
incurra en las diferentes fases de la ejecución del proyecto hasta un máximo
de 29.496,69 euros (IVA incluido), siempre que estos gastos se realicen con
posterioridad a la firma del convenio.
La fecha límite de presentación de la factura, y demás documentación para
que se proceda al pago de la cantidad correspondiente, será el 30 de noviembre
de 2022.
2. Anualidad 2023: podrán ser abonados el 80 % de los gastos en los que se
incurra en las diferentes fases de la ejecución del proyecto hasta un máximo
de 125.383,31 euros (IVA incluido).
La fecha límite de presentación de la factura, y demás documentación para
que se proceda al pago de la cantidad correspondiente, será el 30 de noviembre
de 2023.
3. Anualidad 2024: podrán ser abonados el 80 % de los gastos en los que se
incurra en las diferentes fases de la ejecución del proyecto hasta un máximo
de 226.028,00 euros (IVA incluido).
La fecha límite de presentación de la factura, junto con la demás
documentación que la acompañe, será el 30 de noviembre de 2024.
4. Anualidad 2025: podrán ser abonados el 80 % de los gastos en los que se
incurra en las diferentes fases de la ejecución del proyecto hasta un máximo
de 182.952,00 euros (IVA incluido).
La fecha límite de presentación de la factura, junto con la demás
documentación que la acompañe, será el 30 de noviembre de 2025.
5. Anualidad 2026: podrán ser abonados el 80 % de los gastos en los que se
incurra en las diferentes fases de la ejecución del proyecto hasta un máximo
de 65.340,00 euros (IVA incluido), siempre que estos gastos se realicen dentro de
la vigencia del convenio.
La fecha límite de presentación de la factura, junto con la demás
documentación que la acompañe, será el 30 de junio de 2026.»
Cuarta. Modificación del anexo IV (modelo de convenio de concesión directa).
Modificación del anexo IV (relativo al Modelo de convenio de concesión directa):
A) Con relación a la primera página del convenio, en el apartado, «REUNIDOS» se
sustituye de forma que donde dice:
«De una parte, don Francisco José Conde López, Conselleiro de la Vicepresidencia
segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación de la Xunta de Galicia,
nombrado para dicho cargo por Decreto 112/2020, de 6 de septiembre (DOG núm.181,
de 7 de septiembre), por el que se nombran los titulares de las vicepresidencias y
consellerías de la Xunta de Galicia, actuando en el ejercicio de las competencias que
tiene atribuidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas
reguladoras de la Xunta y de su Presidencia y por Decreto 110/2020, de 18 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de las vicepresidencias y de
las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 190, de 18 de septiembre)».
Diga: «De una parte, doña María Jesús Lorenzana, Conselleira de Economía,
Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, nombrada para este cargo por el
Decreto 67/2023, de 14 de junio de 2023, por el que se nombran los titulares de los
departamentos de la Xunta de Galicia (DOG núm. 113, de 15 de junio), actuando en el

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Núm. 309