III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-26434)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., para la participación del personal en los planes de formación anuales del Ministerio de Sanidad en el periodo 2024/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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Segundo.
La formación continua y la actualización permanente de los conocimientos y
capacidades profesionales del personal de las Administraciones son consideradas un
derecho individual por el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado
público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Tercero.
La Organización Nacional de Trasplantes O.A. (ONT, en adelante) está muy
interesada en ofrecer esa formación a su personal. Sin embargo, el tamaño de la
organización y los recursos existentes dificultan la planificación y seguimiento constante
de las necesidades formativas.
En estas circunstancias, ha solicitado al Ministerio de Sanidad, Departamento al que
está adscrito el organismo autónomo, poder participar en la formación que, de manera
planificada, facilita a su personal en los servicios centrales.
Los órganos de representación han mostrado su conformidad a la participación de
los empleados de la ONT en los cursos de formación impartidos en los servicios
centrales del Ministerio de Sanidad.
Así, el objeto del convenio es instrumentar la participación del personal de la ONT en
los planes y actividades de formación que, en los años 2024 y 2025, aplique el Ministerio
de Sanidad para el personal destinado en los servicios centrales.
ACUERDAN
Primero.

Objeto.

El objeto del convenio es la colaboración entre las partes para que el personal de la
ONT pueda participar en las actividades de formación incluidas en el plan de
formación 2024-2025 de los servicios centrales del Ministerio de Sanidad.
Segundo.

Compromisos de las partes.

Tercero.

Efectos, vigencia, renovación y modificación del convenio.

El presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y
comenzará a surtir efectos el 1 de enero de 2024, siempre que, antes de esa fecha, se
haya inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado». En otro caso, será eficaz desde su inscripción en el
REOICO.

cve: BOE-A-2023-26434
Verificable en https://www.boe.es

Las partes se comprometen a facilitar la participación del personal de la ONT en las
actividades citadas en la cláusula primera para cada año de los incluidos en el plazo de
duración del convenio.
El Ministerio de Sanidad remitirá el plan de formación a la ONT en cuanto esté
aprobado y le informará, con la mayor antelación posible, sobre el número de plazas a
las que pueda optar el personal de la ONT, después de su ofrecimiento al personal de los
servicios centrales.
Como cesionaria de datos personales de los empleados de la ONT que opten a
cursos del plan de formación de los servicios centrales, el Ministerio de Sanidad se
obligará a aplicar a esos datos las mismas garantías y medidas de seguridad que a los
de los empleados de los servicios centrales.
La ONT divulgará el plan formativo entre su personal, recopilará las solicitudes,
analizará su adecuación a las funciones del puesto desempeñado por cada persona
solicitante y las remitirá priorizadas al Ministerio de Sanidad para su consideración.