II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26393)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, conjunta de la Universidad de Cantabria y la Consejería de Salud del Gobierno de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023
Novena.

Sec. II.B. Pág. 172153

Presentación de documentos por los concursantes.

Los concursantes propuestos deberán acreditar que reúnen los requisitos exigidos
por la legislación vigente en el plazo de veinte días siguientes a la citada publicación. Si
el concursante propuesto no presentara la documentación requerida se procederá al
nombramiento del siguiente concursante en el orden de prelación formulado por la
comisión.
Para ello, deberán presentar en la Oficina de asistencia en materia de Registro de la
Universidad de Cantabria por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada, u original y fotocopia para su cotejo, del título de Doctor y
del título oficial de Especialista.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de ninguna
Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española, deberán acreditar no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena
penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera en activo, estarán exentos
de justificar los requisitos de los apartados b y c, debiendo presentar certificación del
Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Los funcionarios de carrera que se encuentren prestando servicios en la Universidad
de Cantabria, estarán exentos de justificar estos requisitos.
Décima. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera con plaza vinculada será
efectuado por el Rector y el Consejero de Salud, será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» y en el «Boletín Oficial de Cantabria» y será comunicado al Consejo de
Universidades y al correspondiente Registro de personal.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión
de su plaza en la Universidad de Cantabria.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra universidad.
Norma final.

La presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá ser impugnada
directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo
establecido en su Ley reguladora.
Santander, 19 de diciembre de 2023.–El Rector, Ángel Pazos Carro.–El Consejero de
Salud del Gobierno de Cantabria, César Pascual Fernández.

cve: BOE-A-2023-26393
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.