III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-26420)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Tributaria Canaria, el Instituto de Administración Pública Canaria y el Instituto de Estudios Fiscales, para la realización de los cursos selectivos correspondientes a los procesos de selección de personal funcionario para el ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, en los cuerpos tributarios (Grupos A1, A2 y C1) de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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Realizar el control y seguimiento de las personas destinatarias del curso de selección
en la formación que se lleve a cabo en sus dependencias comunicando el resultado a la
persona designada en las labores de dirección formativa.
Comunicar a la ATC las personas aspirantes que han superado cada una de las
pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de
formación que se impartan.
Y la ATC se compromete a:
Facilitar al ICAP la relación de las personas seleccionadas para la realización de los
cursos selectivos de formación objeto del presente convenio de la Escala de
Administradores Tributarios del Cuerpo Superior de Administradores (Grupo A, Subgrupo
A1), de la Escala de Gestión Tributaria del Cuerpo de Gestión de la Administración
(Grupo A, Subgrupo A2) y de la Escala de Agentes Tributarios del Cuerpo Administrativo
(Grupo C, Subgrupo C1), que constituyen el objeto del presente convenio.
Determinar, en colaboración con IEF e ICAP los criterios de evaluación del curso
selectivo de formación.
Designar un representante de la ATC que ejercerá como responsable en la gestión
ejecutiva y coordinación de la formación objeto del presente convenio. Además ejercerá
de Secretario en la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control.
Realizar una aportación económica a modo de compensación del coste de las
actividades objeto del Convenio que serán asumidas por el IEF y por el que se cuantifica
en 93.260€ (noventa y tres mil doscientos sesenta euros), con arreglo al siguiente
desglose:
a) Gastos generales por importe de 4.680 euros.
b) Curso selectivo del Subgrupo A1 por importe de 40.690 euros
c) Curso selectivo del Subgrupo A2 por importe de 38.090 euros
d) Curso selectivo del Subgrupo C1 por importe de 9.800 euros.
Cada una de estas compensaciones se abonará, previa justificación por el IEF y
certificación correspondiente, por parte de la Secretaría General de la ATC, de que se ha
realizado la actividad.
El primer pago al IEF, correspondiente al 10 % del total de la aportación económica;
esto es (9.326 euros) nueve mil trescientos veintiséis euros, se abonará con la
justificación de la entrega a los alumnos de las claves de acceso al Campus Virtual del
IEF, a los fondos bibliográficos y a las bases de datos existentes requeridas para la
formación a impartir.
Los gastos derivados de la celebración del presente convenio serán financiados con
cargo a la partida presupuestaria 7201 G/932A 2260710 «oposiciones y pruebas
selectivas».
Eficacia y duración.

El presente convenio se perfecciona con la prestación del consentimiento de todas
las partes a su firma, siendo eficaz desde su inscripción en el plazo legal establecido, en
el Registro Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación, y en el
Registro Electrónico de convenios previsto en el Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por
el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General
Electrónico de convenios del sector público de la Comunidad Autónoma y el Registro
Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
Asimismo, se publicará en el plazo legalmente establecido en el «Boletín Oficial de
Canarias» y en el «Boletín Oficial del Estado», extendiéndose la vigencia del mismo
hasta la conclusión de los procesos selectivos delimitados en su objeto. En todo caso la
vigencia del convenio no podrá superar el plazo de 31 de diciembre de 2024.

cve: BOE-A-2023-26420
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.