III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-26428)
Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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En todo caso, puede afirmarse que la convocatoria ha sido muy exitosa en relación
con los objetivos de transición justa y reto demográfico, puesto que un 89 por ciento de
los municipios elegibles han presentado al menos un proyecto, un 26 por ciento de los
que han resultado provisionalmente adjudicatarios tienen menos de 500 habitantes y
un 74 por ciento tienen menos de 5.000 habitantes.
Asimismo, es necesario señalar que un número importante de proyectos elegibles
han tenido la suficiente calidad para ser evaluables y no han resultado adjudicatarios
debido únicamente a la limitación presupuestaria de la convocatoria.
A la vista del éxito de esa convocatoria, en consonancia con los objetivos y políticas
del Instituto para la Transición Justa, O.A., y la necesidad de cumplir de forma total con
el objetivo CID 431 recogido en la Adenda al PRTR aprobada el 2 de octubre de 2023,
procede la publicación de esta segunda orden con las bases reguladoras para una nueva
convocatoria en concurrencia competitiva.
La presente convocatoria es semejante a la anterior, incorporando aquellas mejoras
derivadas de la experiencia obtenida por el desarrollo de su procedimiento y por la
puesta en práctica de la misma.
En virtud de lo anterior, se han reducido los bloques de clasificación por presupuesto
de los proyectos, los cuales pasan de cuatro a dos, evitando, así, complejidades
innecesarias y permitiendo, con una mayor facilidad, la optimización en la transferencia
de excedentes de presupuesto entre bloques.
Del mismo modo, a diferencia de la anterior convocatoria, se ha incorporado la
posibilidad de que el organismo público titular del bien o terreno objeto del proyecto pueda
autorizar la ejecución del proyecto sobre dicho bien o terreno, sin que sea necesaria una
transmisión patrimonial o cesión de los mismos al beneficiario. Esta mejora permitirá llevar a
cabo proyectos que afecten a bienes o terrenos de titularidad de organismos públicos con
una rigidez normativa tal que les impide la cesión de los mismos.
La fecha límite para la ejecución de los proyectos será el 30 de junio de 2026, siendo
la misma inalterable por imposición directa del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. Por ello, se han incrementado los requisitos y criterios de valoración
relacionados con la madurez de los proyectos, al objeto de fomentar la agilidad de
ejecución de los mismos. En este sentido, un proyecto presentado en la convocatoria
anterior pero que finalmente no fuese seleccionado en ella, es un indicador positivo de la
madurez del mismo para la presente.
Igualmente, se ha incrementado la puntuación de los criterios relacionados con la
protección del medioambiente, así como la biodiversidad, debido a la existencia, en la
convocatoria anterior, de un sesgo hacia proyectos de rehabilitación de edificios con
criterios sustanciales de reducción de emisiones. Se considera que los proyectos
medioambientales y de protección de la biodiversidad son también importantes para el
territorio, por lo que se pretende fomentar, en mayor medida, en esta convocatoria.
Se ha incrementado la puntuación de los criterios de innovación y necesidad de la
infraestructura en su territorio y entorno, y se ha incorporado la posibilidad de solicitar un
informe de idoneidad a la Diputación o Comunidad Autónoma uniprovinciales
correspondiente, obteniendo así su punto de vista, experiencia y conocimiento en las
necesidades de la provincia, siendo muy relevante limitar el apoyo a proyectos en
ubicaciones cercanas para la misma finalidad.
Asimismo, se favorecen las solicitudes conjuntas y los proyectos individuales de
ayuntamientos con una o menos solicitudes adjudicatarias en la convocatoria anterior.
Estas medidas permitirán una mayor capilaridad en el reparto de las subvenciones.
Por último, el presupuesto de la presente convocatoria es de veinticinco millones de
euros, que se consideran suficientes en virtud de la demanda observada en la anterior
convocatoria.

cve: BOE-A-2023-26428
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Núm. 309