I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Impuestos. (BOE-A-2023-26336)
Decreto-ley 6/2023, de 25 de septiembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, para la recuperación de diversas actividades en la isla de La Palma y para combatir los efectos del COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
26336

Decreto-ley 6/2023, de 25 de septiembre, por el que se prorroga la aplicación
del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, para la recuperación
de diversas actividades en la isla de La Palma y para combatir los efectos del
COVID-19.

Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Gobierno de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación del Decreto
ley 6/2023, de 25 de septiembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el
Impuesto General Indirecto Canario, para la recuperación de diversas actividades en la
isla de La Palma y para combatir los efectos del COVID-19 ordenando a la ciudadanía y
a las autoridades que lo cumplan y lo hagan cumplir.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Se cumplen ya dos años de la erupción volcánica en la isla de La Palma el día 19 de
septiembre de 2021, cuyos devastadores efectos han requerido la creación de un
importante paquete de medidas de diversa naturaleza tendentes, primeramente a la
atención y protección de los afectados, y seguidamente, a la reparación de los daños,
recuperación de los bienes perdidos y reactivación general de todas las actividades.
Con estos fines, y atendiendo a las medidas de carácter tributario, se aprobó el
Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias,
organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de
La Palma, que ha sido modificado, ampliado y complementado, paralelamente al devenir
de las diversas circunstancias que han ido surgiendo en el proceso de reconstrucción,
con diversas disposiciones. Entre ellas destacamos, por un lado, el Decreto ley 2/2022,
de 10 de febrero, por el que se adaptan las medidas tributarias excepcionales en la isla
de La Palma, al Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas
urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de
viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y por el
que se modifica el citado Decreto ley (y la modificación contenida en el Decreto
ley 8/2022, de 23 de junio); por otro lado, el Decreto ley 11/2022, de 29 de septiembre,
por el que se prorroga la vigencia de determinadas medidas tributarias contenidas en el
Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias,
organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de
La Palma, y por el que se modifica el Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se
adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o
reconstrucción de viviendas habituales afectas por la erupción volcánica en la isla de
La Palma; así como por la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, y, por último, por el Decreto
ley 15/2022, de 29 de diciembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el
Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19 y se
modifican otras normas tributarias.
Estas medidas se aprobaron con diferente plazo de vigencia, según su finalidad, y si
bien para algunas fue inicialmente corto, el volumen de personas, bienes, actividades y
territorio afectado que acompaña a todo el proceso reconstructivo y la escasez de suelo
y de medios para ejecutarlo, ha requerido ampliar su inicial vigencia mediante tres
prórrogas; la primera, en la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales

cve: BOE-A-2023-26336
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