III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26319)
Resolución de 2 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de British American Tobacco España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Martes 26 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 171796

A los efectos previstos en el artículo 8 de este convenio respecto a la promoción
profesional y cambios de nivel, se establecen los siguientes criterios:
Primero.
Se establece que, como máximo podrá haber dos promociones en un periodo de
cuatro años, desde el 1 de enero de 2020.
Segundo.
Para promocionar y cambiar de nivel se requiere que la persona trabajadora haya
obtenido en el transcurso de dos años consecutivos una calificación de al menos de un
«meets expectations» y «exceed expectations» o «outstanding».
En caso de cambio de nivel, la persona trabajadora pasará a cobrar el salario del
nuevo nivel, absorbiéndose el complemento por evaluación anual de desempeño
acumulado.
Si el salario base más el complemento por desempeño alcanzaran el salario del nivel
superior, la persona trabajadora cambiará automáticamente de nivel, pasando su salario
base al del nivel superior, absorbiéndose el complemento por desempeño.
Tercero.
Para las personas trabajadoras ingresadas hasta 31 de diciembre de 2017
promoverán por cambio de nivel C a D, por mera antigüedad, de tres años en la
empresa, está promoción tendrá carácter retroactivo.
Para quienes sean empleados desde el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre
de 2018: Se le reconoce la promoción de nivel C a D por antigüedad con efectos 1 de
enero de 2022, sin efectos retroactivos.
Para las personas trabajadoras que hayan entrado en la empresa desde el 1 de
enero de 2019 y siguiente: Entraran en el sistema de promociones de nivel C a D y
sucesivos, por evaluación de desempeño, según criterios del apartado Segundo de este
anexo I, teniéndose en cuenta las calificaciones emitidas en los años 2020-2021.
ANEXO II
Tabla salarial 1 de abril 2023

NIVEL H.

46.581,46

NIVEL G.

43.831,03

NIVEL F.

41.080,46

NIVEL E.

38.894,97

NIVEL D.

36.709,34

NIVEL C.

35.020,29

NIVEL B.

28.783,15
cve: BOE-A-2023-26319
Verificable en https://www.boe.es

Salario base