III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Hidrocarburos. (BOE-A-2023-26327)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que determina el reparto y ajustes a realizar en la retribución de los años de gas 2023 y 2024 de Enagás Transporte, SAU, y Regasificadora Noroeste, SA, implicados en la transmisión de titularidad de la red de gasoductos de Regasificadora Noroeste, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Martes 26 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
26327

Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, que determina el reparto y ajustes a realizar en
la retribución de los años de gas 2023 y 2024 de Enagás Transporte, SAU, y
Regasificadora Noroeste, SA, implicados en la transmisión de titularidad de la
red de gasoductos de Regasificadora Noroeste, SA.

La Sala de la Supervisión Regulatoria, de acuerdo con la función establecida en el
artículo 7.1.bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, y de conformidad con la Circular 9/2019, de 12 de
diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se
establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte
de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, previo trámite de audiencia,
acuerda lo siguiente:

La resolución de 30 de mayo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, estableció la retribución para el año de gas 2024 de las empresas que
realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de
distribución de gas natural, así como los ajustes a realizar en la retribución de los años
de gas anteriores.
El 14 de junio de 2023, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
autorizó la operación de concentración consistente en la adquisición, por parte
de Enagás Transporte, SAU, del control exclusivo de la red de gasoductos de
Regasificadora del Noroeste, SA, a través de la adquisición de la totalidad de los activos
que conforman la citada red.
Por su parte, el 17 de agosto de 2023, la Dirección General de Política Energética
y Minas emitió resolución de autorización administrativa para la transmisión de las
citadas instalaciones.
Con fecha 17 de octubre de 2023, Enagas Transporte, SAU, y Regasificadora
Noroeste, SA, notificaron a la Comisión Nacional de los Mercados para su toma en
consideración a efectos del régimen retributivo que la transmisión efectiva de la
titularidad de la red de gasoductos de Regasificadora Noroeste, SA, en favor de Enagas
Transporte, SAU, tuvo lugar el 29 de septiembre de 2023. La notificación se acompaña
de la identificación de las instalaciones objeto de la transmisión. La escritura notarial
registrada de la transmisión de titularidad y la autorización administrativa de transmisión
que les habilita.
Además, solicitan que se «acuerde el pago y liquidación de la Retribución
por Continuidad de Suministro (RCS) y la Retribución por Mejoras de Productividad en los
costes de O&M (RMP) que corresponda desde la fecha pactada entre las partes, esto es,
el 30 de junio de 2023, y, en su defecto, en todo caso, desde la fecha efectiva de la
transmisión en favor de Enagás Transporte (el 29 de septiembre de 2023), como
consecuencia de la total desinversión de Reganosa en la Red de Gasoductos y la
adquisición de la plena titularidad por Enagás Transporte sobre los referidos activos de
transporte que conforman la Red de Gasoductos»; pues concurre la especial circunstancia
de que «Reganosa ya no dispondrá ni será titular de ninguna instalación de transporte de
gas natural que tuviera aparejada la retribución por los conceptos retributivos RCS y RMP

cve: BOE-A-2023-26327
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I. Antecedentes