III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-26251)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Lunes 25 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 171499

ANEXO II
Precios del término del exceso de potencia (€/kW) y coeficientes de discriminación
por periodo horario
Los precios del término del exceso de potencia (€/kW y día) de aplicación hasta el 31
de diciembre de 2024, a los consumidores a los que les resulte de aplicación el método
de facturación establecido en el artículo 9.4.b.1 de la Circular 3/2020 (puntos de
suministro con tipo medida 4 y 5).

Precio del exceso de
potencia (€/kW y día).

2.0 TD

3.0 TD

6.1 TD

6.2 TD

6.3 TD

6.4 TD

0,099060

0,111643

0,117264

0,108910

0,099256

0,095864

Los precios del término del exceso de potencia (€/kW) de aplicación hasta el 31 de
diciembre de 2024, a los consumidores a los que les resulte de aplicación el método de
facturación establecido en el artículo 9.4.b.2 de la Circular 3/2020 (puntos de suministro
con tipo medida 1, 2 y 3)
2.0 TD

3.0 TD

6.1 TD

6.2 TD

6.3 TD

6.4 TD

3,013070

3,395810

3,566788

3,312680

3,019048

2,915852

Periodo

2.0 TD

3.0 TD

6.1 TD

6.2 TD

6.3 TD

6.4 TD

1

1,000000

1,000000

1,000000

1,000000

1,000000

1,000000

2

0,034665

0,640766

0,620828

0,666078

0,621562

0,563080

3

0,275670

0,482845

0,427424

0,500437

0,432501

4

0,232691

0,381770

0,355531

0,395142

0,393593

5

0,077884

0,015816

0,018151

0,032600

0,026604

6

0,077884

0,015816

0,018151

0,032600

0,026604

Precio del exceso de
potencia (€/kW).

Coeficiente Kp.

ANEXO III
Términos de energía reactiva
a)

Determinación de cos φ:

El factor de potencia o cos φ viene definido por la relación existente entre la energía
activa (Ea) y la energía reactiva (Er) en cada uno de los periodos horarios y se calcula
conforme a la siguiente fórmula:

𝐸𝑎
√𝐸𝑎 2 + 𝐸𝑟 2

Donde,
Ea: Cantidad registrada por el contador de energía activa, expresada en kWh.
Er: Cantidad registrada por el contador de energía reactiva, expresada en kVArh.
Para el cálculo de la energía reactiva (Er) los equipos de medida registran la energía
reactiva de los cuadrantes I (QR1) y IV (QR4) por cada período horario. La energía

cve: BOE-A-2023-26251
Verificable en https://www.boe.es

cos  =