II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26237)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de diciembre de 2023

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4.4 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la
publicación de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará
realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos
a efectos de posibles reclamaciones o recursos.
4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía
administrativa.
4.6 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deben comunicarlo a la rectora mediante un escrito
firmado por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.
5.

Comisión de selección

5.1 De conformidad con lo establecido en el artículo 106 de los Estatutos de la
Universidad Pompeu Fabra, la Comisión de Selección es la que se indica en el anexo II de
estas bases, junto con la información de la plaza o plazas que son objeto de convocatoria.
5.2 La comisión nombrada para juzgar el concurso se clasificará económicamente
en la categoría primera establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
5.3 El funcionamiento de las comisiones de selección se ajustará a la Normativa
sobre el funcionamiento a distancia de las sesiones de los órganos colegiados de la
Universidad Pompeu Fabra (Acuerdo de Consejo de Gobierno de 9 de diciembre
de 2020), debiendo celebrar las sesiones siempre de forma síncrona. En lo no previsto
en esta normativa, será de aplicación la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico
y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, sin perjuicio de las
normas básicas establecidas en el artículo 17 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de
régimen jurídico del Sector Público.
En las sesiones donde deban participar las personas candidatas se asegurará la
presencialidad de las mismas y, como mínimo, del secretario de la Comisión. En el caso
de que una persona candidata acredite su residencia fuera de Cataluña o circunstancias
justificadas impidan su presencialidad, podrá solicitar al secretario de la Comisión la
participación a distancia. El secretario lo podrá admitir siempre que no afecte a la
participación en igualdad de condiciones entre las personas candidatas en la realización
de las pruebas y en las valoraciones que se tengan que hacer por parte de la Comisión.
5.4 A los miembros de las comisiones les son aplicables los supuestos de abstención y
de recusación establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
régimen jurídico del sector público. En el caso de que concurran los motivos de abstención,
las personas interesadas deben abstenerse de actuar en la comisión y deben manifestar el
motivo.
5.5 Los miembros de la Comisión de Selección tienen el deber de guardar el debido
sigilo y confidencialidad respecto de los asuntos que conozcan, así como los datos de
carácter personal o cualquier información que haga referencia a personas físicas
identificadas o identificables.
5.6 A los efectos de comunicaciones y otras incidencias, el tribunal tiene su sede en
la calle de la Mercè, 12, 08002 Barcelona.
5.7 La Comisión de Selección se constituirá en el plazo máximo de dos meses
desde la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Esta constitución se
podrá hacer de forma presencial o a distancia.
5.8 Con las publicaciones de las listas de admitidos y excluidos, provisionales o
definitivas, se indicará la fecha en que se hará público en la web de la Universidad Pompeu
Fabra (https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi) el anuncio de la fecha de constitución
de la Comisión de Selección y la fecha del acto de presentación de los candidatos. Entre la
fecha de este anuncio y el acto de presentación deberán transcurrir como mínimo quince
días.

cve: BOE-A-2023-26237
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Núm. 307