III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-26154)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva "Vuelta Ciclista a España Femenina".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

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Asimismo se atenderán los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de
la comisión de la UMSV que se traslada a la Escuela de Tráfico de Mérida para realizar
las pruebas de selección del personal motorista que pasará a integrar la UMSV.
2. Gastos originados por los recursos materiales. La indemnización y dotación que
asume Unipublic, SAU, se hará en los siguientes términos:
A) Sufragar el combustible necesario para la movilidad de los componentes que
presta el Servicio, a tal efecto, proporcionará las tarjetas de combustibles necesarios
para tal fin.
B) Abonar los gastos de los peajes de las autopistas que deban utilizar durante la
prueba o con motivo de los traslados que sean necesarios realizar.
C) Sufragar el gasto de estacionamiento cerrado y cubierto de las motocicletas y
vehículos esenciales de la UMSV en los establecimientos hoteleros donde se aloje el
personal o en las inmediaciones de este, cuando este no sea proporcionado por el propio
hotel o pueda ser razonablemente gestionado de otra manera.
D) Dar las acreditaciones que deban figurar en los vehículos propios, según el
reglamento de la Prueba, debiendo atender a los requisitos de la ATGC en cuanto a
características especiales que deban tener.
E) Aportar la cinta de balizamiento necesaria para señalizar debidamente los
itinerarios de todas las etapas de la prueba deportiva. Deberá ser de especiales
características, ausente de publicidad y apilable en rollos pequeños, de forma que
puedan transportarse en las maletas de las motocicletas.
F) Proporcionar el material de señalización necesario para organizar los espacios
necesarios en el área de salida/llegada, para el correcto desenvolvimiento (diez conos
y cuatro señales prohibido aparcar). Asimismo, deberá proporcionar o costear el material
empleado por el grupo de seguridad interna para la señalización de puntos peligrosos
(quince mandos para la activación de los postes luminosos y acústicos portátiles, sprays,
silbatos, etc.).
G) Proporcionar un turismo tipo monovolumen con nueve plazas. Un monovolumen
para facilitar los traslados del personal de la Agrupación de Tráfico incluido en la UMSV
que durante la prueba deportiva se desplaza en vehículo oficial desde el lugar de
estacionamiento hasta el hotel y viceversa. Vehículo que también trasladará al personal
motorista de apoyo a la señalización de la prueba deportiva desde el hotel hasta el lugar
de estacionamiento de los vehículos.
H) Facilitar el movimiento de los medios materiales de la ATGC entre las etapas,
principalmente cuando el final de etapa y el inicio de la siguiente cambian de
emplazamiento con una distancia superior a 300 kilómetros.

El presente convenio no genera gasto extraordinario para el Ministerio del Interior
(Jefatura Central de Tráfico), ya que tanto los gastos relativos a retribuciones de la ATGC
que se refieren a sus labores ordinarias como los medios materiales necesarios para el
cumplimiento de la misión (regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico) se
encuentran presupuestados por la JCT como se recoge en el artículo 6 de la Ley de
Tráfico y Seguridad Vial:
La aportación económica por compensación de servicios extraordinarios que realiza
Unipublic, SAU, definida en la cláusula tercera apartado 1.º letra B) incrementará la
partida presupuestaria del Programa 132-B «Seguridad Vial, en el concepto 151
(servicios extraordinarios), cuya estimación anual, en base al cálculo correspondiente al
primer año, se cifra en cuarenta mil (40.000) euros. No obstante, a esta cantidad habría
que sumar en cada año las variaciones que se produzcan por parte del organizador,
como pudiera ser el aumento de reuniones de coordinación u otros factores variables,
que se asumen en la cláusula tercera por parte de Unipublic, SAU.

cve: BOE-A-2023-26154
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Financiación.