I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
237 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170369

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (IFAD).
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI).
Organización Mundial del Turismo (OMT).»
RESERVA:
«... a reserva del artículo IX, sección 32,...»
– NITI 19590306200.
TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO
PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL CONSEJO DE EUROPA.

GENERAL

SOBRE

Estrasburgo, 06 de marzo de 1959. BOE: 09-01-1997, n.º 8 Y 14-02-1997, n.º 39.
ANDORRA.
20-03-2023 ADHESIÓN.
20-03-2023 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente reserva y declaración:
RESERVA:
«El Gobierno del Principado de Andorra, en relación al apartado a) del cuarto párrafo
del artículo 7, formula una reserva en el sentido de que la ratificación no entraña para
Andorra la obligación de conceder la exención de impuestos sobre las cantidades
correspondientes a los intereses de las obligaciones emitidas o de los empréstitos
concertados por el Fondo.»
DECLARACIÓN:
«El Principado de Andorra, en relación al segundo párrafo del artículo 3 del
Protocolo, notifica que la autoridad competente en lo relativo al reconocimiento y
ejecución de sentencias dictadas en un procedimiento arbitral contempladas en el Tercer
Protocolo Adicional es el Tribunal de Primera Instancia (Bailía) competente.»
UCRANIA.
10-08-2023 ADHESIÓN.
10-08-2023 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente reserva:
RESERVA:
«Ucrania no se considera obligada por el artículo 3, párrafo segundo, del Tercer
Protocolo.
Las sentencias dictadas en procedimiento arbitral a las que se hace referencia en el
artículo 3, párrafo segundo del Tercer Protocolo se reconocerán y ejecutarán de
conformidad con el procedimiento previsto en el ordenamiento jurídico de Ucrania.»
– NITI 19590701200.

Viena, 01 de julio de 1959. BOE: 07-07-1984, n.º 162.
SAN CRISTÓBAL Y NIEVES.
12-06-2023 ACEPTACIÓN.
12-06-2023 ENTRADA EN VIGOR.

DEL

ORGANISMO
cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

ACUERDO SOBRE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (OIEA).