I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
237 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170364

– NITI 20061213200.
CONVENCIÓN
DISCAPACIDAD.

SOBRE

LOS

DERECHOS

DE

LAS

PERSONAS

CON

Nueva York, 13 de diciembre de 2006. BOE: 21-04-2008, n.° 96.
ISLAS SALOMÓN.
22-06-2023 RATIFICACIÓN.
22-07-2023 ENTRADA EN VIGOR.
CAMERÚN.
28-09-2023 RATIFICACIÓN.
28-10-2023 ENTRADA EN VIGOR.
– NITI 20061213201.
PROTOCOLO FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Nueva York 13, de diciembre de 2006. BOE: 22-04-2008, n.° 97.
KAZAJISTÁN.
13-07-2023 RATIFICACIÓN.
12-08-2023 ENTRADA EN VIGOR.
– NITI 20061220200.
CONVENCIÓN INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE TODAS LAS
PERSONAS CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS.
Nueva York, 20 de diciembre de 2006. BOE: 18-02-2011, n.° 42.
FINLANDIA.
24-03-2023 RATIFICACIÓN.
23-04-2023 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente reserva:
RESERVA:
«Subrayando la importancia de proceder a la verificación previa de las condiciones
para la adopción en el interés superior del menor, y albergando por ello reservas
respecto de un procedimiento separado para anular una adopción, pero reconociendo,
no obstante, la posibilidad de que se revise una adopción en casos excepcionales, la
República de Finlandia considera que no está vinculada por lo dispuesto en el párrafo 4
del artículo 25 de la Convención, respecto de la anulación de la adopción de menores
conforme al inciso a) del párrafo 1 del artículo 25 de la Convención.»

«De conformidad con el párrafo 1 del artículo 31 de la Convención, la República de
Finlandia declara que reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar las
comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en
nombre de ellas, que alegaren ser víctima de violaciones por Finlandia de las
disposiciones de la Convención.»

cve: BOE-A-2023-26102
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24-03-2023 DECLARACIÓN SOBRE EL ARTÍCULO 31.