I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
237 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Número del
convenio en el
listado

Otra jurisdicción contratante

Sec. I. Pág. 170509

Disposición

33

Costa de Marfil.

Artículo 24.1, segunda frase.

34

Emiratos Árabes Unidos.

Artículo 24.1, segunda frase.

37

Indonesia.

Artículo 24.1, segunda frase.

38

Irán.

Artículo 24.1, segunda frase.

42

Mali.

Artículo 24.1, segunda frase.

44

Mauricio.

Artículo 25.1, segunda frase.

47

Omán.

Artículo 25.1.

49

Eslovaquia.

Artículo 25.1, segunda frase.

50

Sudán.

Artículo 24.1, segunda frase.

51

Suiza.

Artículo 24.1, segunda frase.

53

Vietnam.

Artículo 25.1, segunda frase.

54

Yemen.

Artículo 24.1.

55

UMA.

Artículo 25.1.

56

Singapur.

Artículo 25.1, segunda frase.

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas
disposiciones:
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).i) del Convenio, la República de Túnez
considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el
artículo 16.4.b).i).
Número del convenio en el listado

Otra jurisdicción contratante

39

Jordania.

48

Qatar.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).ii) del Convenio, la República de
Túnez considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las
descritas en el artículo 16.4.b).ii).
Número del convenio en el listado

1

Sudáfrica.

3

Burkina Faso.

4

Camerún.

5

Canadá.

9

Egipto.

10

España.

11

Francia.

16

Luxemburgo.

18

Pakistán.

20

Polonia.

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

Otra jurisdicción contratante