I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Número del
convenio en el
listado

Otra jurisdicción contratante

Sec. I. Pág. 170508

Disposición

5

Canadá.

Artículo 24.1, segunda frase.

21

Portugal.

Artículo 24.1, segunda frase.

36

Etiopía.

Artículo 25.1, segunda frase.

40

Líbano.

Artículo 25.1, segunda frase.

52

Siria.

Artículo 25.1, segunda frase.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del Convenio, la República de
Túnez considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los
casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en
un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la
acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal
comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada
una de estas disposiciones.
Otra jurisdicción contratante

Disposición

1

Sudáfrica.

Artículo 24.1, segunda frase.

2

Bélgica.

Artículo 25.1, segunda frase.

3

Burkina Faso.

Artículo 24.1, segunda frase.

6

China.

Artículo 25.1, segunda frase.

7

Corea.

Artículo 24.1, segunda frase.

8

Dinamarca.

Artículo 25.1, segunda frase.

9

Egipto.

Artículo 25.1, segunda frase.

12

Grecia.

Artículo 24.1, segunda frase.

13

Hungría.

Artículo 24.1, segunda frase.

14

Italia.

Artículo 24.1, segunda frase.

15

Kuwait.

Artículo 25.1, segunda frase.

16

Luxemburgo.

Artículo 25.1, segunda frase.

17

Malta.

Artículo 24.1, segunda frase.

18

Pakistán.

Artículo 24.1, segunda frase.

19

Países Bajos.

Artículo 24.1, segunda frase.

20

Polonia.

Artículo 24.1, segunda frase.

22

Chequia.

Artículo 25.1, segunda frase.

23

Rumanía.

Artículo 27.1, segunda frase.

25

Senegal.

Artículo 26.1, segunda frase.

26

Serbia.

Artículo 27.1, segunda frase.

29

Argelia.

Artículo 25.1.

30

Alemania.

Artículo 25.1, segunda frase.

31

Arabia Saudí.

Artículo 24.1, segunda frase.

cve: BOE-A-2023-26102
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Número del
convenio en el
listado