I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

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la Libertad por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 19 de febrero
de 2023.
– El motivo de la prórroga es la continuidad de diversos conflictos sociales en las
zonas antes señaladas, que vienen generando actos de violencia contra instituciones
públicas y privadas, agresiones contra la integridad personal de los ciudadanos y
autoridades, así como bloqueo de carreteras. Durante el estado de emergencia quedan
suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales,
la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio,
comprendidos en los Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 20 de febrero de 2023.»
PERÚ.
27-02-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
«7-1-S/2023/72.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y teniendo en cuenta lo señalado en
la nota verbal LA 41 TR/2017/1V-4/Peru/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra
informar lo siguiente:
– Mediante Decreto Supremo n.° 027-2023-PCM, de fecha 25 de febrero de 2023, el
Estado peruano ha prorrogado el estado de emergencia declarado en la provincia de
Padre Abad del departamento de Ucayali, por el término de treinta (30) días calendario a
partir del 1 de marzo de 2023.
– El motivo de la prórroga es garantizar el control del orden interno ante conflictos
sociales latentes, con motivo de las acciones de lucha y medidas de fuerza convocadas
por algunas organizaciones en la zona antes mencionada. Durante el estado de
emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y
seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito
en el territorio, comprendidos en los Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.

ECUADOR.
09-03-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
«Nota No.4-2-27/ 2023.
La Misión de Permanente de Ecuador ante las Naciones Unidas saluda atentamente
a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Oficina de Asuntos Jurídicos– y tienen
a bien comunicar la expedición del Decreto Ejecutivo Nro. 681, de 3 de marzo de 2023,

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

Nueva York, 27 de febrero de 2023.»