I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170437

DECLARACIONES:
«Vietnam aprueba el Convenio de asistencia administrativa mutua en materia fiscal,
modificado por el Protocolo de enmienda al Convenio de asistencia administrativa mutua
en materia fiscal, con las siguientes notificaciones:
ANEXO A
Impuestos a los que se aplicará el Convenio
Artículo 2, apartado 1, letra a), inciso i:
– el impuesto sobre la renta de las personas físicas;
– el impuesto sobre la renta de la actividad económica.
Artículo 2, apartado 1, letra b), inciso iii, letra C): el impuesto sobre el valor añadido.
ANEXO B
Autoridades competentes
Se entenderá por "autoridad competente", respecto a Vietnam, el Ministro de
Economía o su representante autorizado.»
– NITI 20161124200.
CONVENIO MULTILATERAL PARA APLICAR LAS MEDIDAS RELACIONADAS
CON LOS TRATADOS FISCALES PARA PREVENIR LA EROSIÓN DE LAS BASES
IMPONIBLES Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS.
Paris, 24 de noviembre de 2016. BOE: 22-12-2021, n.º 305.
ESLOVENIA.
23-03-2023 NOTIFICACIÓN DE DECLARACIONES Y RESERVAS SOBRE EL
ARTÍCULO 2 (1) (a) (ii) DEL CONVENIO.
Artículo 2.

Interpretación de los términos.

Notificación de los convenios comprendidos en el Convenio Multilateral:

N.º

Título

Otra jurisdicción
contratante

Instrumento
original/por el que se
modifica

Fecha de la
firma

Fecha de
entrada en
vigor

1

Convenio entre el Gobierno de la República de Eslovenia y el
Consejo de Ministros de la República de Albania para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y el patrimonio

República de Albania.

Original.

27.2.2008

4.5.2009

2

Convenio entre la República de Eslovenia y la República de
Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión
fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio

República de Armenia.

Original.

11.10.2010

23.4.2013

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, la República de
Eslovenia desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio: