III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-26165)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, para la atención a la salud mental en la isla de La Palma derivada de la erupción volcánica ocurrida en 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

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Tercera. Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
1. Con carácter general, la Comunidad Autónoma de Canarias como entidad
beneficiaria, deberá cumplir las obligaciones que se recogen en el artículo 14 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. La entidad beneficiaria deberá realizar, con cargo a la presente subvención, las
siguientes actividades:
– El establecimiento del Centro de Día de Rehabilitación Psicosocial y Unidad de
Noche con el Plan Funcional que se anexa a este convenio.
– Implantación del Plan funcional del Centro de Día de Rehabilitación Psicosocial y
Unidad de Noche
– Dotación al CDRP y Unidad de Noche de personal: 1 psicólogo clínico, 1
enfermero/a especialista en salud mental, 2 terapeutas ocupacionales y 7 auxiliares de
enfermería.
– Llevanza de todas las funciones relacionadas con la dirección y gestión del CDRP
y Unidad de Noche.
3. La entidad beneficiaria se obliga a justificar la aplicación de los fondos y a
acreditar el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
4. La entidad beneficiaria deberá someterse a las actuaciones de comprobación y
de control financiero que corresponden al órgano concedente de la subvención, a la
Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas, y a las
previstas en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que será de aplicación en esta materia,
facilitando cuanta información sea requerida al efecto, para lo que deberá conservar las
justificaciones de la aplicación de los fondos concedidos durante la ejecución de esta
resolución en un plazo mínimo de cuatro años a contar desde la finalización de la
ejecución de las actuaciones del mismo.
5. Esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que pueda obtener la entidad beneficiaria para la misma finalidad,
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales,
de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que la suma de las
aportaciones recibidas, incluida la que se regula en la presente resolución, no supere el
coste total de las actividades.
Cuarta.

Plazo de ejecución.

El periodo de ejecución material del proyecto de implantación del CDRP y Unidad de
Noche en La Palma, así como de los pagos reales y efectivos realizados con cargo al
mismo, se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025.
No obstante, antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los
firmantes del convenio podrán acordar unánimemente una ampliación del plazo de
ejecución que no excederá de 18 meses.
Plazo y forma de justificación.

1. El plazo de justificación del proyecto financiado será de tres meses a partir de la
finalización del plazo de ejecución. La documentación justificativa se deberá presentar
ante la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y con lo previsto en el artículo 74 de su Reglamento, la justificación de la
subvención se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa con
aportación de informe de auditor, que contendrá:
a) Una Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
resultados obtenidos.

cve: BOE-A-2023-26165
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Quinta.