III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-26164)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión en materia de vacunación internacional con la Comunidad Autónoma de Andalucía.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 171072

exterior, relativo a las funciones y actividades en relación con el control sanitario de las
personas, atribuye al Ministerio de Sanidad, entre otras, «las vacunaciones y demás
medidas preventivas o profilácticas por razones de salud pública en el tráfico
internacional de personas» y «la expedición de los correspondientes certificados
médicos sanitarios y demás documentos personales de sanidad internacional,
ajustándose a los modelos del Reglamento Sanitario Internacional».
Segundo.
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, regula la encomienda de gestión como instrumento que permite a un órgano
encomendar la realización de tareas de carácter material o técnico a otros órganos de la
misma o de distinta Administración, siempre que entre las competencias del órgano que
recibe la encomienda se encuentren estas actividades y que concurran razones de
eficacia, circunstancias estas que concurren en este caso, pues entre las actividades de
la Consejería de Salud y Consumo se encuentran las vacunaciones y la Administración
del Estado debe garantizar la eficacia en la atención integral al viajero internacional
frente al incremento de la demanda total en esta materia, con más centros en esta
Comunidad Autónoma.
El referido artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece que cuando la
encomienda de gestión se realice entre órganos y Entidades de Derecho Público de
distintas Administraciones se formalizará mediante la firma del correspondiente convenio
entre ellas.
Tercero.
Con fecha 3 de septiembre de 2001, se concede la autorización provisional para la
realización en la Junta de Andalucía de las competencias del Ministerio de Sanidad en
materia de vacunación internacional al Hospital Universitario Virgen de las Nieves de
Granada por la entonces Directora General de Salud Pública y Consumo, señora doña
Dolores Flores Cerdán.
Dicha autorización provisional se mantiene a fecha de hoy sin que hasta el momento
se haya formalizado con la firma de un Convenio de Encomienda de Gestión en materia
de Vacunación Internacional entre el Ministerio de Sanidad y la Junta de Andalucía, a
través de la Consejería de Salud y Consumo.
Cuarto.

Por lo expuesto, las partes acuerdan formalizar el presente convenio de encomienda,
de acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de este convenio la encomienda a la Consejería competente en
materia de salud de la Junta de Andalucía, de las funciones de sanidad exterior en
materia de vacunación internacional en el territorio de la Comunidad Autónoma, que

cve: BOE-A-2023-26164
Verificable en https://www.boe.es

A lo largo de la última década ha ido aumentando la demanda de consultas para la
atención de viajeros internacionales con el consiguiente incremento de la carga asistencial,
fundamentalmente durante el período estival en el que se registran importantes picos de
demanda. El mantenimiento de una buena calidad del servicio aconseja la autorización de
nuevos centros de vacunación internacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para
ello, mediante este convenio se posibilita la autorización de nuevos centros de vacunación
internacional adicionales, dependientes del Servicio Andaluz de Salud de la Consejería de
Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.