I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-26100)
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, hecho en Madrid el 13 y 14 de noviembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023
6.

Sec. I. Pág. 170253

Garantías

6.1 La OIM está firmemente comprometida con los Estándares de Conducta de
la OIM y tiene tolerancia cero con respecto a las prácticas irregulares, los actos
indebidos y la mala conducta, incluidas, sin limitación, la malas prácticas financieras, la
irregularidades o el fraude, el incumplimiento de las reglas, regulaciones o políticas, la
actividad delictiva, negligencia profesional, conducta indebida o falta de ética, conflicto
de intereses sin divulgación, desperdicio de recursos, abuso de autoridad, corrupción y
mala gestión, ya sea perpetrada por personal de la OIM, agencias ejecutoras,
contratistas o consultores. Las Partes acuerdan que es importante tomar todas las
precauciones necesarias y razonables para evitar prácticas irregulares, actos indebidos o
mala conducta. La OIM toma en serio todas las denuncias de prácticas irregulares, actos
indebidos y mala conducta y llevará a cabo una investigación si, a su entera discreción,
la acusación se considera creíble y que amerita una investigación. Todas las
investigaciones se llevarán a cabo de acuerdo con los reglamentos, reglas, directivas,
políticas y procedimientos de la OIM.
6.2 Las Partes tienen cero tolerancia con respecto a la explotación y el abuso
sexuales. La OIM tomará todas las medidas razonables para prevenir la explotación y el
abuso sexuales de cualquier persona relacionada con la realización de las actividades
previstas en este Acuerdo. Sujeto a los reglamentos, reglas, directivas, políticas y
procedimientos de la OIM que rigen sus operaciones, la OIM informará sin demora
indebida cualquier acusación creíble o incidentes concretos de explotación y abuso
sexuales relacionados con este Acuerdo al Secretario General de las Naciones Unidas a
través del Mecanismo de denuncia del Secretario General sobre explotación y abuso
sexuales en https://www.un.org/preventing-sexual-exploitation-and-abuse/content/dataallegations-un-system-wide. Dicho reporte sobre explotación y abuso sexuales se hará
sin perjuicio de los privilegios e inmunidades de la OIM.
6.3 De conformidad con las resoluciones aplicables del Consejo de Seguridad de
las Naciones Unidas, las Partes están firmemente comprometidas con la lucha
internacional contra el terrorismo y, en particular, la financiación del terrorismo. La OIM
se compromete a hacer todos los esfuerzos razonables para garantizar que ningún
recurso proporcionado en virtud del presente Acuerdo se ponga a disposición o se utilice
para brindar apoyo a las personas o entidades asociadas con el terrorismo que figuren
en la Lista Consolidada de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
según sea modificada.
7.

Titularidad de los bienes financiados mediante la Contribución

Los equipos, suministros y bienes de otro tipo que hayan sido adquiridos con fondos
de la Contribución serán propiedad de la OIM. Se deberá disponer de dicha propiedad
con arreglo a los reglamentos, normas, directrices, políticas y procedimientos de la OIM,
salvo que el Donante y la OIM acuerden algo diferente por escrito.
Fuerza mayor

8.1 La OIM no será responsable de cualquier retraso en el desempeño o
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contraídas en el marco del presente
Acuerdo si dicho retraso o incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor, a saber:
un evento natural imprevisible e invencible, un acto de guerra (bien sea declarada o no),
invasión, revolución, insurrección, terrorismo, bloqueo o embargo, huelga, restricciones
gubernamentales o estatales, desastre natural, epidemia, crisis de salud pública, u otras
circunstancias que no sean causadas por o, que no pudiesen ser controladas por la OIM.
8.2 Tan pronto como sea posible luego de la ocurrencia del evento de fuerza mayor
que impacte la capacidad de la OIM para cumplir con sus obligaciones bajo el presente
Acuerdo, la OIM le notificará y le proporcionará al Donante los detalles inmediatamente y
por escrito de la existencia de dicho evento de fuerza mayor y de la probabilidad de que

cve: BOE-A-2023-26100
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8.