III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-26085)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en el acuífero sinclinal de Calasparra".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de diciembre de 2023

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piezómetros Almadenes I, Gorgotón y Curva con el objetivo de mejorar en el
conocimiento del radio de influencia de la captación, el coeficiente de almacenamiento
de la zona próxima al manantial y su posible afección sobre el mismo.
Por último, en relación con el establecimiento de un umbral piezométrico en la zona
de Almadenes, el promotor informa que se ha establecido el umbral a partir de la
observación del comportamiento piezométrico del acuífero durante el periodo de
explotación 2017-2018, en el cual se concentraron las extracciones en los pozos más
alejados del manantial con el fin de reducir su afección, no habiéndose observado este
umbral en las fases de explotación temporal de los pozos de sequía de 2005-2008 o
periodos anteriores. Coincide en que el umbral piezométrico puede estar condicionado
por la estructura geológica, y que a partir de los nuevos datos de control piezométrico
que aporte el seguimiento del proyecto se puede avanzar en el conocimiento de la
disposición y funcionamiento del umbral piezométrico. En la definición del modelo
conceptual, a falta de investigaciones hidrogeológicas que indiquen otra posibilidad, se
ha considerado que el radio de influencia que ocasiona la concentración de extracciones
al oeste del Cañón de Almadenes no alcanza al manantial, al entrar en funcionamiento la
recarga del río en la zona que atraviesa los afloramientos permeables carbonatados, por
el aumento del gradiente entre la lámina de agua del río y el nivel piezométrico del
acuífero bajo el lecho del río.
La Oficina de Planificación Hidrológica del Segura informa que la extracción de un
volumen máximo de 31,9 hm3/año de la masa de agua subterránea Sinclinal de
Calasparra durante un periodo máximo de 4 años supondrá una explotación coyuntural
de sus reservas y un deterioro temporal de su actual buen estado cuantitativo, aunque
ello no constituye una incompatibilidad con el plan hidrológico de la demarcación, que en
su artículo 29 posibilita la admisión de estos deterioros cuando se deban a causas
naturales o de fuerza mayor, entre las que se encuentra la sequía prolongada o las
actuaciones que se precise realizar para su superación. Este deterioro temporal deberá
incluirse en el correspondiente registro a través de una ficha cumplimentada que lo
describa y justifique. Teniendo en cuenta la información que aportan los modelos y el
conocimiento histórico sobre la respuesta del acuífero ante la explotación en anteriores
ciclos, considera que el deterioro que se genere como consecuencia del proyecto será
recuperable en su totalidad. No obstante, para que no se ponga en peligro la
consecución del objetivo del buen estado de la masa subterránea Sinclinal de
Calasparra, antes de iniciar futuros nuevos ciclos de explotación se precisaría adoptar un
periodo de inactividad en el que los niveles piezométricos del acuífero y sus salidas
naturales a la superficie recuperasen sus valores ordinarios. Además, en relación con la
posible afección sobre la calidad del agua del acuífero y del río, se considera que será
no significativa o compatible y recuperable. También, informa que las extracciones
contempladas en este proyecto coinciden con las previsiones del Plan Especial ante
Situaciones de Alerta y Eventual Sequía (PES) en un estado de emergencia identificado
mediante el sistema de indicadores de la demarcación. Conforme a las determinaciones
del PES, la viabilidad de la explotación proyectada estaría condicionada a situaciones de
emergencia por escasez grave. Por último, la asignación de los volúmenes extraídos
deberá hacerse en función del interés general, destinándolos a la satisfacción de las
demandas más urgentes de la demarcación. Dicha asignación deberá tener en cuenta la
evolución de la situación de escasez, el conjunto de recursos de distinta procedencia que
finalmente resulten adscritos para cada uno de los usos, destinos y superficies concretos
de aplicación, y las reservas hídricas existentes.
La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia informa que el
manantial del Gorgotón se puede ver afectado por la sobreexplotación del acuífero
interrumpiendo su caudal, aunque la zona del manantial no secaría ya que esta se
encuentra bajo el nivel del río Segura.
Dado que el seguimiento ambiental del anterior ciclo de explotación 2017-2019 indica
que la explotación de los pozos de sequía de la Confederación con restitución de
caudales no provocó impactos significativos sobre el caudal y calidad del agua del río

cve: BOE-A-2023-26085
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Núm. 305