III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-26083)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento de cauces de dominio público hidráulico en este término municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Viernes 22 de diciembre de 2023

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materialmente urbanas del término municipal, distribuida en las anualidades que las
partes acuerden en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento conforme se prevé
en la cláusula quinta. 2. apartado d).
Las aportaciones se realizarán en los siguientes plazos:
– En un plazo de tres meses tras la comunicación al Ayuntamiento de la
formalización del encargo vinculado a la ejecución de los trabajos, la anualidad
correspondiente a la primera anualidad.
– La anualidad correspondiente a los restantes ejercicios presupuestarios, en el
primer trimestre de los referidos ejercicios.
– Si hubiera algún importe a liquidar al finalizar las actuaciones, el ingreso se
realizará en el plazo de tres meses siguientes a la comunicación realizada.
Estos importes se abonarán a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico,
mediante ingreso en la cuenta IBAN ES27 9000 0046 4002 0000 0780 del Banco de
España, indicando en el concepto el convenio y la aportación a la que corresponde.
El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las Leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Una vez finalizadas las actuaciones ejecutadas por la Confederación Hidrográfica del
Cantábrico, y tras el acto de reconocimiento y comprobación material de la inversión, se
realizará una revisión de las ejecutadas en el término municipal de San Martín del Rey
Aurelio, diferenciando entre las ejecutadas en zona materialmente urbana y las
realizadas en fuera de ella, asumiendo el Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio
las variaciones económicas en relación a los compromisos iniciales asumidos, además
del el compromiso de mantenimiento y conservación de las posibles infraestructuras que
se ejecuten en el marco de estos trabajos.
Cuarta. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones
asumidas por las partes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada
una de las partes se dará traslado a la Comisión Mixta de Seguimiento del convenio que
podrá determinar, en su caso, la posible indemnización a satisfacer por dicho
incumplimiento.

1.

Comisión Mixta de Seguimiento.
Constitución y funcionamiento:

Para el seguimiento de las actuaciones contenidas en el convenio se constituirá una
Comisión Mixta de Seguimiento, formada por dos representantes de la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico y dos representantes del Ayuntamiento de San Martín del
Rey Aurelio, nombrados por cada parte firmante.
El funcionamiento de dicha comisión se acogerá a lo dispuesto sobre órganos
colegiados en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comisión será presidida por un representante de la Confederación Hidrográfica del
Cantábrico, que tendrá voto de calidad. Actuará como Secretario de la Comisión un
funcionario de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico.
La designación de los miembros y la sesión constitutiva de la Comisión se realizarán
en los tres meses posteriores a la eficacia del convenio. La Comisión deberá reunirse al
menos una vez al año y de cada una de sus sesiones se levantará un acta donde
figurarán los resultados de las mismas.

cve: BOE-A-2023-26083
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.