II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-25911)
Resolución 400/38486/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168774
c) Las respuestas otorgadas por el Tribunal se publicarán en los siguientes medios
electrónicos: Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y página del Ministerio de
Defensa www.defensa.gob.es, en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la
finalización del examen. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la realización del ejercicio, para plantear
impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas
por el Tribunal. Dichas impugnaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a
la sede del Tribunal, y se considerarán contestadas mediante la publicación de las
plantillas definitivas.
d) Una vez comprobadas las impugnaciones presentadas, el tribunal hará pública la
relación de personas aspirantes aprobadas, cuyo número puede ser superior al de
plazas convocadas, con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase, y de la
relación de las personas aspirantes aprobadas que pasan a la siguiente fase de
concurso.
e) A las personas que obtengan en el ejercicio una nota superior al 60 por ciento de
la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la
convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma
de calificación sean análogos, salvo actualización normativa.
II.2
Fase de concurso.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
evaluarán hasta un máximo de 50 puntos las competencias profesionales de las
personas aspirantes y consistirá en la valoración por el Tribunal, referidos al último día
del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes méritos y conforme al
siguiente baremo:
1.
Experiencia profesional (máximo, 30 puntos).
Por servicios prestados, acreditados mediante certificación original expedida en
modelo normalizado por la persona que ostente la Gerencia, Dirección de Gestión o
figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado los servicios:
a) 0,60 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
b) 0,30 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
c) 0,10 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en Red Hospitalaria Privada.
d) 0,20 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad que
se solicita, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
e) 0,05 puntos por mes completo trabajado en la distinta categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
Formación y otras actividades (máximo, 10 puntos).
Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de cualquiera de los siguientes
apartados:
2.1
Formación continuada (máximo, 5 puntos).
Se valorarán los diplomas o certificados correspondientes a cursos, expertos y
máster, cuyo contenido se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que
se opta, cuando estén organizados por el Ministerio de Defensa o por las entidades
señaladas en este anexo I. Se valorarán dichos cursos siempre que se certifique
debidamente: 1,20 puntos por cada crédito. A los efectos anteriores un crédito equivale a
cve: BOE-A-2023-25911
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168774
c) Las respuestas otorgadas por el Tribunal se publicarán en los siguientes medios
electrónicos: Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y página del Ministerio de
Defensa www.defensa.gob.es, en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la
finalización del examen. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la realización del ejercicio, para plantear
impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas
por el Tribunal. Dichas impugnaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a
la sede del Tribunal, y se considerarán contestadas mediante la publicación de las
plantillas definitivas.
d) Una vez comprobadas las impugnaciones presentadas, el tribunal hará pública la
relación de personas aspirantes aprobadas, cuyo número puede ser superior al de
plazas convocadas, con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase, y de la
relación de las personas aspirantes aprobadas que pasan a la siguiente fase de
concurso.
e) A las personas que obtengan en el ejercicio una nota superior al 60 por ciento de
la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la
convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma
de calificación sean análogos, salvo actualización normativa.
II.2
Fase de concurso.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
evaluarán hasta un máximo de 50 puntos las competencias profesionales de las
personas aspirantes y consistirá en la valoración por el Tribunal, referidos al último día
del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes méritos y conforme al
siguiente baremo:
1.
Experiencia profesional (máximo, 30 puntos).
Por servicios prestados, acreditados mediante certificación original expedida en
modelo normalizado por la persona que ostente la Gerencia, Dirección de Gestión o
figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado los servicios:
a) 0,60 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
b) 0,30 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
c) 0,10 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en Red Hospitalaria Privada.
d) 0,20 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad que
se solicita, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
e) 0,05 puntos por mes completo trabajado en la distinta categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
Formación y otras actividades (máximo, 10 puntos).
Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de cualquiera de los siguientes
apartados:
2.1
Formación continuada (máximo, 5 puntos).
Se valorarán los diplomas o certificados correspondientes a cursos, expertos y
máster, cuyo contenido se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que
se opta, cuando estén organizados por el Ministerio de Defensa o por las entidades
señaladas en este anexo I. Se valorarán dichos cursos siempre que se certifique
debidamente: 1,20 puntos por cada crédito. A los efectos anteriores un crédito equivale a
cve: BOE-A-2023-25911
Verificable en https://www.boe.es
2.