II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25935)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Extremadura, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168931
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante
expediente disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de aspirantes que no
posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no
estar bajo sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la
Función Pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de
procedencia.
c) Declaración de no presentar incompatibilidad en el caso de venir desempeñando
alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
d) En aquellos casos contemplados en el punto 2.2, la acreditación del nivel C1 del
idioma castellano, según el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.
Los españoles y españolas que tuvieran la condición de funcionario o funcionaria de
carrera no necesitan justificar los documentos y requisitos de los apartados a) y b)
debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan,
acreditativa de su condición funcionarial y cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios, excepto el personal perteneciente a la Universidad de Extremadura.
Undécima.
Nombramiento y toma de posesión.
11.1 El nombramiento como miembro de los cuerpos docentes universitarios será
efectuado por el Rector, una vez que la persona seleccionada haya cumplimentado los
requisitos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la
denominación de la plaza, señalando el cuerpo y área de conocimiento, así como el
departamento al que se adscribe.
11.2 En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del nombramiento de la persona
seleccionada deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate,
con los derechos y deberes que le son propios.
Duodécima.
Norma final.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día
siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Extremadura.
Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la
Universidad de Extremadura, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación. En este caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo
antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del de Reposición.
Badajoz, 12 de diciembre de 2023.–El Rector, Pedro María Fernández Salguero.
cve: BOE-A-2023-25935
Verificable en https://www.boe.es
Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de Acceso resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en
los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, las personas interesadas tienen derecho en cualquier
momento a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición,
dirigiéndose mediante carta certificada, adjuntando copia de su documento nacional de
identidad o equivalente, a la Secretaría General de la Universidad de Extremadura, avda.
Elvas, s/n, 06006 Badajoz.
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168931
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante
expediente disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de aspirantes que no
posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no
estar bajo sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la
Función Pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de
procedencia.
c) Declaración de no presentar incompatibilidad en el caso de venir desempeñando
alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
d) En aquellos casos contemplados en el punto 2.2, la acreditación del nivel C1 del
idioma castellano, según el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.
Los españoles y españolas que tuvieran la condición de funcionario o funcionaria de
carrera no necesitan justificar los documentos y requisitos de los apartados a) y b)
debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan,
acreditativa de su condición funcionarial y cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios, excepto el personal perteneciente a la Universidad de Extremadura.
Undécima.
Nombramiento y toma de posesión.
11.1 El nombramiento como miembro de los cuerpos docentes universitarios será
efectuado por el Rector, una vez que la persona seleccionada haya cumplimentado los
requisitos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la
denominación de la plaza, señalando el cuerpo y área de conocimiento, así como el
departamento al que se adscribe.
11.2 En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del nombramiento de la persona
seleccionada deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate,
con los derechos y deberes que le son propios.
Duodécima.
Norma final.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día
siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Extremadura.
Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la
Universidad de Extremadura, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación. En este caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo
antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del de Reposición.
Badajoz, 12 de diciembre de 2023.–El Rector, Pedro María Fernández Salguero.
cve: BOE-A-2023-25935
Verificable en https://www.boe.es
Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de Acceso resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en
los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, las personas interesadas tienen derecho en cualquier
momento a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición,
dirigiéndose mediante carta certificada, adjuntando copia de su documento nacional de
identidad o equivalente, a la Secretaría General de la Universidad de Extremadura, avda.
Elvas, s/n, 06006 Badajoz.